Mientras avanza la reforma de la Comisión de Acusaciones de la Cámara, en el Congreso también está pendiente una reforma para el juzgamiento de funcionarios públicos en la Corte Suprema de Justicia.
Por: Camilo Vallejo Giraldo, investigador de Congreso Visible.
Foto: elespectador.com
Paralelo a la reforma de equilibrio de poderes, en el Congreso avanza un proyecto de ley propuesto por el Fiscal General que busca reformar la sala penal de la Corte Suprema de Justicia. Con este se pretende modificar la manera como la Corte viene juzgando penalmente a funcionarios públicos que cuentan con fuero especial (aforados), como los congresistas y los ministros.
Se trata de un proyecto de relevancia para la política y la justicia del país, que se ha visto opacado ante la opinión pública por la reforma de equilibrio de poderes y la eliminación de la Comisión de Acusaciones.
Los aforados
En Colombia, los aforados son los funcionarios públicos que por razones de su cargos son juzgados por un juez o tribunal especial, diferente al de cualquier ciudadano. A nivel nacional podría decirse que hay dos tipos de aforados, aquellos que son juzgados por el Congreso y por su Comisión de Acusaciones, y aquellos que son juzgados por la Corte Suprema de Justicia.
Hay que advertir que aquellos que son investigados por la Comisión de Acusaciones y por el Congreso, como el presidente y los magistrados de las altas cortes, tiene allí un juicio político cuya sanción es el retiro de su cargo. Sin embargo, si se encuentra que en sus actuaciones pudieron haber cometido delitos penales, deberán pasar a ser juzgados por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
En esa medida, todo cambio a esta Sala Penal tiene incidencia sobre el juzgamiento de cualquiera de los funcionarios aforados. A pesar de lo anterior, no se ha tenido el cuidado de armonizar la transformación de la Comisión de Acusaciones que trae la reforma de equilibrio de poderes, con esta que modifica a la Corte Suprema.
Más magistrados para la sala penal
El proyecto promovido por el Fiscal tiene ponencia para tercer debate en la Comisión Primera de Senado desde octubre pasado. En la ponencia radicada por Roberto Gerlein (Conservador) el 16 de abril de este año, se argumenta la necesidad de que los funcionarios investigados por la Corte Suprema de Justicia puedan contar con un sistema acusatorio, es decir, que en el proceso haya unos magistrados que acusan y otros que juzgan, como en cualquier proceso penal ordinario.
Para eso se propone aumentar el número de magistrados de la sala penal, pasando de 9 a 15. Eso permitirá que la sala se divida en tres grupos de magistrados, uno que acusará, otro que juzgará y un tercero que resolverá la apelación.
Aunque el proyecto ha estado en los primeros lugares de la agenda de la Comisión Primera de Senado en 4 sesiones desde que comenzó la segunda legislatura el 16 de marzo, no se ha abordado su discusión en tercer debate. Tal vez los senadores están esperando los resultados de la reforma de equilibrio de poderes para saber cómo proceder. La simultaneidad de ambas iniciativas genera dudas sobre la manera en que el resultado de una puede afectar la otra.
En el papel, cada iniciativa trata temas distintos. Una cosa es el juicio político de los aforados en el Congreso (remoción del cargo), que se aborda en la reforma de equilibrio con la creación de un nuevo tribunal que reemplazará a la Comisión de Acusaciones, y otra cosa es el juicio penal de los mismos, incluido en la propuesta actual del Fiscal.
Ahora bien, la lectura anterior puede hacerse siempre y cuando quede claro que el nuevo tribunal de aforados que trae la reforma de equilibrio no podrá emprender investigaciones penales y que no dejará de cumplir con un procedimiento político por más que se quiera que sus integrantes sean abogados experimentados.
En esa medida, todo cambio a esta Sala Penal tiene incidencia sobre el juzgamiento de cualquiera de los funcionarios aforados.
Los fallos en equidad
Una de las críticas a esta reforma a la sala penal de la Corte Suprema la ha manifestado el Centro Democrático. Se refiere a que esta contempla que los magistrados pueden fallar en equidad. Esta es una herramienta que el ordenamiento jurídico ha permitido para otros escenarios, como en los juicios de paz, las conciliaciones, los arbitramentos, o en algunos juicios especiales. Cuando falla en equidad, el magistrado puede alejarse de las normas legales aplicables y en su lugar puede acudir a criterios de justicia inspirados en un análisis del contexto para llegar a una decisión razonable. Este mecanismo de decisión se suele utilizar cuando la aplicación de la ley puede terminar siendo injusta, más costosa o más grave para los implicados.
Críticos de la propuesta como las senadoras Viviane Morales (Liberal) y Paloma Valencia (Centro Democrático) han interpretado la incorporación de este tipo de fallos como una vía para que la Corte Suprema de Justicia no aplique las normas penales vigentes. En ese caso, al momento de condenar, los magistrados podrían asumir como inconveniente la aplicación de cierta pena legal y en su lugar podrían imponer otro tipo de sanción. Específicamente, para Valencia, la propuesta del Fiscal está pensada para aplicar fallos en equidad a guerrilleros de las FARC.
Lo cierto es que la reforma sí trae los fallos en equidad para la sala penal, pero aún así, la oposición parece estar hilando delgado pues nada indica que el interés sea usarlos para el caso de guerrilleros. Más bien podrían ser aplicados a otros fenómenos criminales que la Corte trata en la mayoría de los casos que estudia.
Queda la pregunta de cómo los fallos en equidad se pueden aplicar de manera efectiva en casos penales, cuando desde sus orígenes el derecho penal ha sido quizás el más exigente con el principio de legalidad, es decir, con la obligación de que todo lo que se considere delito y todas la penas que corresponden se encuentren explícita y claramente en una ley. ¿Si los magistrados se alejan de la norma penal para fallar, están faltando al principio de legalidad?