Cerosetenta acudirá a la Corte Constitucional tras fallo de juez que le ordena eliminar investigación sobre presuntos vínculos de candidato con una red neonazi

Organizaciones que defienden la libertad de prensa reaccionaron a la decisión de un juez que restringe el derecho de los ciudadanos a conocer información sobre un aspirante a un cargo público.

por

cerosetenta


14.07.2026

En un fallo de segunda instancia, la juez Jenny Concepción Rosanía Gutiérrez ordenó a esta revista eliminar de su sitio web y de sus redes sociales el resultado de una investigación publicada el pasado 11 de mayo, que exponía los presuntos vínculos de Jorge Rodriguez, ex candidato a la Cámara de Representantes por Bogotá por el partido Centro Democrático, con miembros de un grupo neonazi local que mantiene relaciones con una red internacional.

La investigación conjunta de Bellingcat y Cerosetenta utilizó fuentes abiertas y material de campaña del candidato, así como de personas asociadas al grupo neonazi, para exponer estos posibles vínculos. Al eliminar la investigación, los ciudadanos pierden el acceso a información que es de interés público.

En su fallo, la juez 4ª Penal para adolescentes con función de Conocimiento Bogotá revocó la sentencia proferida el 27 de mayo de 2026 por el Juzgado Quinto Penal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Bogotá, la cual falló a favor de la revista y consideró improcedente el pedido de amparo de los derechos fundamentales del ex candidato, quien impugnó la decisión. 

Contrario a este primer fallo, la jueza de segunda instancia consideró que la publicación vulneraba los derechos del ex candidato y lo ponían en peligro, al considerar que las manifestaciones de “diversos cibernautas que contienen amenazas y expresiones dirigidas contra el accionante [el ex candidato Rodriguez], las cuales,[…] permiten inferir razonablemente la existencia de un riesgo cierto para su vida, integridad y seguridad personal y que fuera promovido por la accionada [Cero Setenta (sic)]”.

En su fallo, la jueza no explicó por qué la acción de terceros, los llamados “cibernautas”, es responsabilidad de la revista y su publicación. Tampoco por qué esas acciones invalidan la veracidad de la evidencia expuesta por la investigación de Cerosetenta. Asimismo, no argumenta cómo la decisión de eliminar el contenido en su totalidad no restringe el derecho a la libertad de prensa y al escrutinio de las actividades de un aspirante a un cargo de elección popular, como lo es un candidato al Congreso de la República.

Cerosetenta tiene entera confianza en los hallazgos de la investigación, la cual cumplió todos los pasos de verificación y revisión editorial tanto de Bellingcat como de esta revista. Esto incluyó el respeto al derecho a réplica del excandidato, quien se negó a responder preguntas o a ofrecer información que desvirtuara o contradijera los hallazgos.

“La orden de eliminar completamente el contenido resulta desproporcionada”, aseguró  en un comunicado la Fundación para la Libertad de Prensa FLIP de Colombia, en reacción al fallo. “Aunque la sentencia afirma realizar una ponderación entre la libertad de expresión y los derechos fundamentales del accionante, no desarrolla un análisis suficiente que explique por qué la investigación periodística habría desconocido los estándares de veracidad e imparcialidad”.

“Respaldamos plenamente a Cerosetenta y el derecho de una prensa libre a informar a la ciudadanía sobre asuntos de interés público. Consideramos que el contenido de este reportaje es totalmente veraz, se presentó de manera imparcial y es de interés público”, señaló Eliot Higgins, fundador y director creativo de Bellingcat. “Dada la evidencia recopilada minuciosamente por el equipo de investigación, no logramos comprender cómo el juez de segunda instancia pudo llegar a esta conclusión”.

En su tutela, el excandidato Jorge Rodriguez señala a Cerosetenta y Bellingcat de publicar afirmaciones sobre él que el equipo de investigación nunca hizo.

“No se le acusa de tener vínculos con la extrema derecha internacional. La persona que apareció junto a él en un video de campaña publicado en su cuenta de Instagram (tal como detalla el artículo) es una figura destacada del grupo neonazi con sede en Bogotá que sí mantiene dichos vínculos”,  señaló Higgins. “Tampoco el artículo hace mención alguna, formula acusaciones ni llega a conclusiones sobre las finanzas del señor Rodríguez”.

“Esta sentencia es problemática en términos de la protección a la libertad de prensa porque establece sanciones muy severas sobre el medio a partir de un análisis bastante superficial”, dijo Emmanuel Vargas, co-director de El Veinte, una organización que presta apoyo legal en litigios relacionados con libertad de prensa. “El juzgado estaba en el deber de evaluar las expresiones de manera específica para establecer si había una falta a la veracidad e imparcial, pero se limitó a darle a valor a los comentarios agresivos de unos terceros que comentaron la nota”, agregó.

Así como lo expresamos en el comunicado que publicamos, no compartimos la decisión de la jueza, ni el contenido de dicha sentencia, pero acatamos la medida por ser un fallo de exigible cumplimiento. Con el respaldo de Bellingcat, solicitaremos a la Corte Constitucional la revisión de la sentencia, para preservar su derecho a la libertad de expresión, al igual que el derecho de la ciudadanía a recibir información veraz e imparcial.

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Cerosetenta es medio de periodismo independiente fundado en el Centro de Estudios en Periodismo (CEPER) de la Universidad de los Andes.
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