Con la decisión de la Corte, triunfa el aborto en Colombia

La decisión de la Corte, que falló a favor de mantener las reglas del aborto, es un batalla ganada en una guerra que continúa para asegurar los derechos de todas las mujeres del país.

por

cerosetenta


17.10.2018

Hoy la Corte le dio una de las victorias más importantes al aborto en Colombia. Luego de que la propuesta de la magistrada Cristina Pardo de limitar el aborto a la semana 24 de embarazo perdiera seis votos contra tres, el alto tribunal le da a las mujeres una razón para celebrar: la Corte mantuvo las mismas reglas para abortar y, además, condenó las trabas administrativas para acceder a este derecho.

“La Corte va a hacer énfasis en que no es posible que 12 años después de emitida la sentencia de 2006 que despenalizó el aborto haya tantas barreras administrativas [para abortar en las tres causales establecidas]. Eso podría constituirse como violencia de género y conspira contra la convención internacional que condena todas las formas de violencia contra las mujeres”, dijo el magistrado José Fernando Reyes tras la decisión.

El caso que tenía en vilo a las organizaciones de mujeres en el país surgió por una tutela que presentó una mujer de 33 años que solicitó un aborto por malformación fetal, como reveló El Espectador. La mujer quiso interrumpir su embarazo el 20 de diciembre de 2017, pero tres hospitales de Bogotá se negaron. Casi tres semanas después, el 5 de enero, la mujer presentó una tutela que una jueza falló a su favor y aunque no revisó de fondo su solicitud, ordenó que se le practicara un aborto como medida cautelar en menos de 24 horas. Para ese momento, la mujer completaba 26 semanas de embarazo.

El caso quedó en manos de la magistrada Pardo —de origen conservador— que aseguraba que la decisión de la jueza fue contraria a la ley. Según ella, tras 24 semanas de embarazo, el feto ya tiene ‘viabilidad autónoma’ y por lo tanto, el Estado debe garantizar la protección de su vida.

Pero ‘viabilidad autónoma’ es un término al que la Corte no se ha referido en ninguna de las 19 sentencias que ha fallado sobre el aborto, explica Ana María Méndez, abogada de La Mesa por la vida y la salud de las mujeres, una organización que se ha dedicado los últimos 20 años a promover la despenalización del aborto. “La sentencia de 2006 que despenalizó el aborto en tres causales centró la discusión exclusivamente en los derechos de las mujeres y por tanto en el respeto de su decisión de interrupción voluntaria del embarazo”, dice.

Con esta decisión, la Corte ratificó que en Colombia el aborto es legal en tres causales que además suponen pocos requisitos: cuando hay riesgo para la vida o la salud de la mujer, sólo se necesita un certificado de un profesional de la salud. Cuando hay malformaciones en el feto que hacen inviable su vida, se necesita un certificado expedido por un médico, que no tiene que ser especialista. Y en el caso de violencia sexual se necesita copia de la denuncia.

Y en lugar de limitar el aborto como pedía la ponencia, decidió condenar las barreras que existen en la práctica para acceder al aborto amparado en alguna de esas causales de forma segura y rápida.

Las barreras no siempre son para acceder a un aborto legal. A veces también es un problema de diagnóstico”: Profamilia

Con barreras, ni despenalizado ni seguro

Según cifras de Profamilia, el año pasado se realizaron 10.517 abortos legales en todo el país. De esos, 170 –menos del 2 %– se hicieron luego de la semana 20. La mayoría son niñas de estratos 1 y 2, que vienen de zonas rurales apartadas donde el acceso a un aborto seguro es limitado.

Son casos como estos: Laura*, una niña de 13 años, fue violada desde los 8 años por su padrastro en un pueblo lejano del Pacífico. Era tan chiquita cuando la empezaron a abusar que aún no le había llegado la primera menstruación y por lo tanto, no supo en qué momento quedó embarazada. Tampoco supo cómo decirle a su mamá, porque el hombre era el proveedor de la familia. Sintió miedo. La barriga se le empezó a notar en la semana 16 cuando ella ya presentaba un cuadro depresivo: lloraba todo el tiempo, le empezó a ir muy mal en el colegio y dejó de comer y dormir. Cuando finalmente pudo abortar, apoyada por Profamilia que se la llevó a Bogotá, su embarazo ya iba en la semana 24.

“Las barreras no siempre son para acceder a un aborto legal. A veces también es un problema de diagnóstico”, dice el médico Juan Carlos Vargas, vocero de Profamilia.

Vargas explica que en este caso, la niña tuvo que denunciar a su padrastro para poder abortar. “Pero para muchas mujeres, sobre todo en el marco del conflicto armado, denunciar a su agresor no es una opción. Por eso aunque su embarazo es producto de una violación, acuden el aborto por riesgo a la salud de la madre”.

Pero la principal barrera es la dilación injustificada del servicio. Aunque en una sentencia anterior, la Corte fijó un plazo de cinco días para tramitar una solicitud de aborto, en la práctica ese plazo pocas veces se cumple. Se trata de una barrera que no sólo pone en riesgo la vida y la salud de la mujer, sino que incrementa los costos para el mismo sistema, pues entre más avanzado el embarazo puede haber mayores complicaciones.

Ese fue el caso de Ana*, una mujer casada que se hizo la ligadura de trompas después de haber tenido dos hijos, uno de 6 y otro de 3 años. Tres meses y medio después se sintió enferma: estaba desganada y tenía náuseas. Su médico le hizo una ecografía y ahí descubrió que tenía 14 semanas de embarazo. Ella quiso abortar pero entonces comenzaron los peros: que tenía que pedir una cita médica para establecer si su embarazo se dio antes o después de la operación, que tenía que pedir una cita con un ginecólogo para saber si el feto estaba afectado, que tenía que esperar un mes a que se reuniera otra vez la junta médica del Hospital porque la última reunión fue la semana pasada. Para ese momento, Ana ya tenía 19 semanas de embarazo y la imposibilidad de abortar le estaba causando problemas personales: estaba deprimida y ya no podía cuidar de sus otros dos hijos.

“No poder acceder a un servicio humanamente razonable les genera estrés y angustia a las mujeres que quieren interrumpir voluntariamente su embarazo. Algunas incluso llegan a tener ideas fijas de suicidio. Sienten que no pueden continuar con sus vidas mientras al tiempo son víctimas del estigma social y maltrato”, dice Vargas.

Hoy se dio un paso, pero quedan muchos más. Si las recomendaciones de la Corte se siguen, el Congreso en algún momento deberá legislar y se espera que, al menos, mantenga las reglas que ha puesto el Alto Tribunal.

Ganamos la batalla, pero la guerra sigue

En Colombia, la despenalización del aborto es parcial y, sobre todo, faltan garantías para la implementación del derecho. Por esto, la Corte le pidió al Congreso que legisle en materia de aborto. Incluso, le dijo que si quería, le pusiera límite de tiempo. Con un Congreso ladeado hacia la derecha, el triunfo de hoy es apenas un anuncio de las próximas batallas.

El riesgo es claro: imponer un límite a la edad gestacional dentro de un sistema de causales, como el nuestro, genera más barreras. En el mundo, la despenalización del aborto tiene dos modelos: el primero, la despenalización total en la que la decisión es libre y sólo requiere la voluntad de la mujer, aunque esto sea sólo por un periodo de tiempo determinado. Por ejemplo en Uruguay y en Irlanda (uno de los casos recientes de despenalización) la interrupción voluntaria del embarazo es completamente libre durante las primeras 12 semanas de gestación. Luego, el aborto queda parcialmente despenalizado, pues entra a regir el sistema de causales; que es el segundo modelo y el que aplica en Colombia. Las causales, dice Ana María Méndez, apelan a un mínimo de derechos humanos: “Son circunstancias muy específicas por las cuales se permite la decisión de interrupción voluntaria del embarazo, pues poner en riesgo la vida o la salud de la mujer sería ir contra de sus derechos.

De ahí que el sistema de causales y el límite a la edad gestacional no puedan coexistir. El límite temporal sólo debe estar para determinar hasta qué momento del periodo gestacional se puede acceder al aborto de forma totalmente libre, sin importar la razón por la que se quiera interrumpir el embarazo. De ahí en adelante, el aborto debe garantizarse por causales, sin ningún tipo de barreras, entre ellas, sin limitación a la edad gestacional.

Y debe ser así, sin límites, porque quienes abortan en una etapa avanzada del embarazo, no lo hacen simplemente porque quisieron dejar la decisión hasta el final. Lo hacen porque “están en condiciones de vulnerabilidad que le impiden acceder al procedimiento antes, o porque están distantes a cascos urbanos, o  porque no tienen recursos para movilizarse, o porque posiblemente vivieron un proceso inicial de negación del embarazo, o porque están en zonas de conflicto, o porque fueron —en casos de violencia sexual— intimidades para no presentar la denuncia que en este caso es el requisito”. Así le explicó hace unas semana Juliana Martínez a Cerosetenta.

Y cuando no es una de estas razones, el aborto llega hasta el tercer trimestre, en muchas ocasiones por barreras del sistema. “Una de las barreras que predomina es la dilación injustificada del servicio y la Corte ha señalado que una vez la mujer manifiesta su voluntad de interrumpir el embarazo, el sistema tiene cinco días para tramitar la solicitud”, explica Ana María Méndez. Agrega que se trata de una barrera que no sólo pone en riesgo la vida y la salud de la mujer, sino que incrementa los costos para el mismo sistema, pues entre más avanzado el embarazo puede haber mayores complicaciones.

Porque tenemos un sistema de causales, porque hay muchas aspectos que hacen que una mujer sólo pueda acceder al aborto en etapas avanzadas de embarazo y porque la dilación es una de las barreras más frecuentes que interpone el sistema de salud, la intención de limitar la edad gestacional es totalmente problemática. Hoy en Colombia la discusión no es si el aborto es legal. Esa discusión ya la dimos y está ganada. Por eso, la preocupación ahora está en cómo se asegura la implementación de este derecho y en buscar mayores garantías.

Pero lo que tanto funciona en papel, en la práctica cojea: el caso que falló la Corte, sin ir más lejos, demuestra la falta de voluntad de las EPSs a realizar interrupciones voluntarias del embarazo.  “Hemos comprado que la EPS Compensar (a la que está afiliada la mujer del caso concreto) tiene una política institucional de no garantizar abortos. Ponen barreras, dilatan la prestación del servicio, hacen asistir a las mujeres a citas innecesarias, para luego negarles el derecho diciendo que la edad gestacional está avanzada”, explica Méndez.

Hoy se dio un paso, pero quedan muchos más. Si las recomendaciones de la Corte se siguen, el Congreso en algún momento deberá legislar y se espera que, al menos, mantenga las reglas que ha puesto el Alto Tribunal. El estado actual de la interrupción voluntaria del embarazo es una garantía inmensa para las mujeres colombianas. No es el estado ideal, no es la despenalización total, pero es lo que hoy asegura los derechos humanos mínimos de todas las mujeres.

 

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