Un año después del asesinato del estudiante Dilan Cruz, en el marco de las protestas del Paro Nacional de 2019, la investigación sobre su muerte no ha tenido avances significativos. En cambio, su familia y sus abogados han desatado una intensa batalla jurídica para que el caso sea investigado por la justicia ordinaria, es decir, por la Fiscalía, y no por la Justicia Penal Militar, es decir, la justicia que investiga delitos que se cometieron como actos del servicio de miembros de la Fuerza Pública. Hasta ahora, sin embargo, la defensa no ha logrado su objetivo.
Quizá, lo más significativo que ha ocurrido este año es que desde el pasado 23 de septiembre, la escopeta calibre 12, la misma que disparó el agente del Esmad contra Dilan, está prohibida en el país por orden de la Corte Suprema de Justicia. La decisión se tomó en el fallo histórico que pronunció la Corte donde evidenció «una problemática nacional de intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas», y que, entre otras cosas, ordenó al Ministro de Defensa pedir excusas públicas a la ciudadanía por la actuación de la Fuerza Pública en las protestas, en particular del Esmad.
El paso a paso del caso de Dilan
El caso de Dilan Cruz está siendo investigado por la Justicia Penal Militar desde el 18 de diciembre del 2019. En ese momento, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura consideró que el capitán 003478 del Esmad que disparó un ‘bean bag’ que golpeó y mató a Dilan, lo hizo como un acto de servicio.
La defensa de la familia de Dilan apeló esa decisión y en abril, la Corte Suprema de Justicia les dio la razón y anuló el fallo inicial. El argumento de la Corte es que la decisión inicial del Consejo Superior de la Judicatura no tuvo en cuenta todas las pruebas que hay en el expediente sino solamente las que había presentado el agente del Esmad que le disparó a Dilan y cuatro de sus subalternos. Y es que al menos en la declaración del agente que le disparó a Dilan hay varios hechos que no cuadran, como contamos en esta historia.
Por lo tanto, la Corte le ordenó al Consejo Superior de la Judicatura que volviera a estudiar el caso –esta vez, con todas las pruebas– y decidiera si la investigación se quedaba en la justicia penal militar o pasaba a la justicia ordinaria. Entre las pruebas que tenía que estudiar estaban los testimonios de defensores de derechos humanos que fueron testigos ese día, los videos y reconstrucciones de los hechos que adjuntó la defensa de la familia de Dilan.
El 29 de agosto de 2020, el Consejo Superior de la Judicatura volvió a pronunciarse y nuevamente, decidió que el homicidio de Dilan Cruz fuera investigado por la Justicia Penal Militar.
La decisión preocupa a su familia y a sus abogados porque, según ellos, al ser estudiado por la justicia penal militar, el caso puede quedar en la impunidad.
“Serían pares, personal militar, quienes estarían juzgando a un compañero de armas”, le dijo a Cerosetenta su abogado, Fernando Rodríguez Kekhan. Por eso, según él, no habría la imparcialidad necesaria para el juicio.
Aún así, que el caso sea investigado por la Fiscalía no es garantía de que no habrá impunidad.
Como contó La Liga Contra el Silencio, hasta diciembre del 2019, la justicia penal militar adelantaba cinco procesos contra nueve agentes del Esmad por el homicidio de cinco personas ocurridos en medio de alguna protesta entre 2009 y octubre de 2019. Todos los casos se relacionan con el uso indebido de la fuerza. Además, esa justicia estudia otros 34 casos contra 85 agentes (ya sindicados o judicializados) por lesiones personales contra 42 personas, y tres procesos de abuso de autoridad contra cuatro agentes del Esmad sindicados o judicializados contra 3 víctimas.
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El segundo a segundo del disparo que mató a Dilan Cruz.
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Aún así, que el caso sea investigado por la Fiscalía no es garantía de que no habrá impunidad.
Un ejemplo es el caso de Nicolás Neira, estudiante de 15 años que murió tras ser impactado en la cabeza por un gas lacrimógeno que lanzó un agente del Esmad durante las manifestaciones del día del trabajo en 2005. Después de 14 años, el caso sigue impune y la investigación que adelanta la Fiscalía todavía está en etapa preparatoria, es decir, se siguen preparando las pruebas para el juicio.
Neira y Dilan Cruz son dos de las 34 víctimas que han murieron por acciones del Esmad hasta el 2019, una fuerza que en teoría no es letal, en sus 20 años de existencia.
Sus familias seguirán reclamando justicia y honrando su memoria.
[N. de la E. Esta historia fue actualizada el 23 de noviembre del 2020 para dar cuenta del estado de la investigación hasta la fecha.]