Hoy es el día internacional por la despenalización y la legalización del aborto. Y hoy se celebran 20 años de La Mesa por la vida y la salud de las mujeres en Colombia. 20 años desde que en el país un grupo de organizaciones y mujeres se unieron para luchar por el derecho del aborto legal y seguro, y para abonar el camino para la despenalización parcial que se logró en 2006 con la Sentencia C355 de la Corte Constitucional.
De acuerdo con la Encuesta de percepción sobre la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia 2017 el 65% de las personas están de acuerdo con que una mujer acceda a un aborto en algunas circunstancias y el 62 % con que ésta es una decisión exclusiva de ellas. Son cifras relevantes, que muestran un avance pero aún falta. Falta en cuanto a la despenalización social y falta en cuanto a la despenalización legal total. Hoy en Colombia el aborto es legal en tres causales entendidas de forma amplia (salud o riesgo para la vida de la madre, violencia sexual y malformación fetal), pero sigue siendo un delito en el código penal.
Hablamos con Juliana Martínez, directora de La Mesa, sobre los avances del derecho al aborto en Colombia, sobre cómo estamos en relación con los demás países de la región y sobre los retos que plantea el nuevo gobierno para seguir garantizando los derechos de las mujeres y sobre todo para avanzar a una despenalización total del aborto en Colombia.
¿Qué nos hace falta en Colombia para la garantía plena del derecho al aborto?
Hemos logrado avances importantes. Hemos ampliado interpretaciones como la causal salud, que es la causal por la que más mujeres acceden al aborto en este momento. Tenemos un marco normativo suficientemente garantista en comparación con otros países de la región. Sin embargo, el sistema de causales tiene barreras. Nosotras, desde La Mesa, consideramos que es necesaria la despenalización total del aborto. Esa es nuestra razón de ser. No creemos que la autonomía reproductiva de las mujeres debe estar condicionada a terceros ni a requisitos que muchas veces se convierten en barreras.
Pero lo que hemos visto es que mientras en los territorios no haya ciertas necesidades satisfechas, y el conflicto siga presente de nuevas, viejas o distintas formas, la gente va a priorizar en sus agendas personales otros asuntos.
¿Esas tres causales son suficientes?
Cada causal tiene un único requisito. Son pocas trabas y eso es importante. En el caso de riesgo para la vida o la salud, sólo se necesita un certificado de un profesional de la salud, bien sea médico o psicólogo. En el caso de malformación fetal es un certificado expedido por un médico, que no tiene que ser especialista ni una junta médica. Y en el caso de violencia sexual se necesita copia de la denuncia y no tiene que haber fallo.
Además, la interpretación de estas causales es lo suficientemente amplia. Por ejemplo, nosotros tenemos riesgo para la vida o la salud de la mujer. Y además de eso la Corte, desde la primera Sentencia y en sentencias posteriores, precisó los alcances de esta causal refiriéndose a la definición de salud de la OMS como mental, física y social. Así mismo, desde La Mesa y con otras organizaciones, hemos precisado que las dimensiones de la salud son interdependientes, no hay una que tenga un mayor valor que otra. En otros países, la causal es restrictiva. Por ejemplo: riesgo para la salud física. La Corte estableció que la salud no se cuantifica, no se habla de mayor riesgo o de riesgo inminente sino que la misma mujer es quien valora su riesgo. Lo que hace el médico es certificarlo, no cuantificarlo.
Pero aunque tenemos tres causales amplias está claro que aún se necesita la despenalización social y un trabajo de pedagogía fuerte, además de un cambio legal. La idea de la “pena” tiene un peso simbólico muy fuerte. El hecho de que algunas personas confundan este derecho con un delito tiene un peso social importante. Una mujer no debería ser juzgada por un procedimiento médico del que, muchas veces, puede depender su vida.
Mientras en los territorios haya ciertas necesidades satisfechas y el conflicto siga presente, la gente va a priorizar en sus agendas personales otros asuntos
¿Se necesita una Ley para la despenalización total del aborto?
Nosotros no tenemos una ley de aborto, pero tenemos la Sentencia C355 y 20 sentencias posteriores con pronunciamientos de la Defensoría, Procuraduría, Consejo de Estado y Fiscalía. La Corte y sus pronunciamientos son suficientes en la medida en que cubren a todos los colombianos. Sin embargo, la falta de una ley ha servido de escudo para quienes están en contra de este derecho. En realidad esa ley no sería necesaria porque la Corte sentó un precedente y así se integra al bloque de constitucionalidad. Hay un línea jurisprudencial lo suficientemente grande para tener un soporte legal.
Habría varias vías para la despenalización total: la Corte sigue siendo una vía, el Congreso también podría hacerlo. En 2003 el Consejo Superior de Política Criminal hizo una recomendación en el sentido de que era necesario despenalizar totalmente el aborto y suprimir cualquier tipo de barreras. Ese es un concepto importante por el que el Estado podría seguir avanzando en este decreto.
¿Considera que hay aspectos de la ley que se han quedado en letra muerta?
En todo el país las mujeres son señaladas, estigmatizadas, cuestionadas, judicializadas por haber decidido abortar. Este es un procedimiento al que se debe dar respuesta en máximo cinco días y vemos que le dilatan la atención, la expedición del certificado, la cita. Todas esas barreras muestran que todavía tenemos asuntos por resolver en términos de la implementación.
¿En qué se escudan estas barreras?
La Corte Constitucional ha dicho que estas barreras son prácticas prohibidas, que no tienen respaldo en el marco normativo. Sin embargo, quienes hacen parte de la ruta de atención en el sector salud y los funcionarios de justicia desconocen ese marco legal o hacen interpretaciones restrictivas o amañadas. Por ejemplo, que le pidan a una mujer que presente la autorización de su marido o, en caso de menores de edad, de sus padres. Eso es una barrera que vulnera los derechos de las mujeres soportado en prejuicios sociales. Nosotras creemos que la solución es capacitación y sanciones a quienes deliberada y sistemáticamente interponen barreras sin tener ningún respaldo legal para hacerlo.
¿Qué puede estar en riesgo con este nuevo gobierno?
La Sentencia de 2006 es cosa juzgada y la médula de esta sentencia difícilmente se puede modificar. Pero quitarle el entramado legal que incluye y los estándares, sería un retroceso. Por ejemplo, en la Corte Constitucional está en curso un caso de una mujer que acudió al sistema en la semana 19 de gestación y le realizan en procedimiento muchas semanas después. La Corte debe fallar ese caso y esperamos que esto no signifique un retroceso en cuanto a un límite en la edad gestacional para acceder a este derecho. La Magistrada que lo tiene ha dicho abiertamente que no está a favor del derecho al aborto y la Corte varias veces ha instado al Congreso a regular la edad gestacional. En la medida en que el Congreso no se ha pronunciado, podría la misma Corte tomar decisiones.
Lo ideal es que se mantenga sin límite a la edad gestacional porque las mujeres que acuden en terceros trimestres es porque están en condiciones de vulnerabilidad que le impiden acceder al procedimiento antes, o porque están distantes a cascos urbanos, o porque no tienen recursos para movilizarse, o porque posiblemente vivieron un proceso inicial de negación del embarazo, o porque están en zonas de conflicto, o porque fueron —en casos de violencia sexual— intimidades para no presentar la denuncia que en este caso es el requisito.
Otro asunto grave es la persecución judicial. Por fuera de las tres causales, en Colombia el aborto sigue estando en el código penal y hemos acompañado recientemente a mujeres que han sido judicializadas por abortos, incluso en el marco de las causales. Reactivar la persecución estatal en este tema, sería también un retroceso.
Cualquier limitación es un retroceso. Limitar la edad gestacional, poner más requisitos, ser restrictivo en la interpretación de las causales, sería un retroceso. En este momento en lo que deberíamos estar es en el entrenamiento del personal médico en zonas apartadas del país, garantizando que las EPS presten el servicio, dando información sobre las rutas y prestando un respaldo social.
Al movimiento feminista en Colombia le debemos desde el divorcio hasta el reconocimiento de la importancia de una educación no sexista en este país
¿Cómo está Colombia frente a América Latina?
Nosotras coincidimos con varios países en los que hay aborto en causales despenalizadas. Colombia ha sido uno de los países en los que la causal salud ha tenido más fuerza. Hay seis países en la región donde el aborto está totalmente penalizado y eso afecta la mortalidad materna, porque cuando uno mujer decide realizarse un aborto lo va a hacer así sea en condiciones inseguras.
¿Qué representa para Colombia las luchas recientes que se han dado en la región como la de Argentina y la de Chile?
Es inspirador. Muestra la fuerza viva que es el feminismo como actor político, porque fue el movimiento el que lideró el debate y el que pudo poner argumentos suficientemente justificados en el Congreso y en las calles. Y nosotras hemos, de alguna forma, acompañado estos procesos. En argentina participamos como expertas invitadas a las audiencias y en Chile hicimos un amicus aportando argumentos, desde nuestra experiencia, sobre la importancia de que la objeción de conciencia sea personal y no institucional, y sobre la poca conveniencia de imponer un límite a la edad gestacional. Porque de ahí surgen las barreras.
En Argentina la Ley no pasó, pero en Chile sí. ¿Cómo quedó Chile en relación a Colombia frente a este derecho?
Nosotros llevamos 12 años de implementación y en ese tiempo hemos avanzado mucho, hemos tomado correctivos. Todavía tenemos debilidades como el acceso a información, pero hemos visto mejoras de aborto con relación a mortalidad materna y en claridad sobre las reglas, por ejemplo, de objeción de conciencia. En Chile, eso no está reglamentado. El Hospital San Ignacio, por ejemplo, fue sancionado por objeción de conciencia institucional, pues para nosotros está claro que eso es inconstitucional. La objeción de conciencia es un derecho fundamental de los médicos, de quienes participan directamente en el procedimiento, no de las instituciones.
¿Cómo ve la movilización colombiana por los derechos de las mujeres en comparación con la de Argentina?
Hay una diferencia política entre Colombia y Argentina. Argentina es un país de movimientos sociales muy fuerte y de movilización en calle muy alta. El número de manifestaciones en calle es mayor en volumen que la nuestra.
Pero creo que nosotras que hacemos parte de una generación en transición. No nacimos con los derechos que tenemos hoy, pero en el proceso de hacernos adultas vivimos unos cambios legales importantes, entre ellos la despenalización parcial del aborto, el reconocimiento de parejas del mismo sexo, y unos cambios sociales que significan más igualdad. Y de esto hay que destacar otras estrategias de movilización que no necesariamente están en las calles, sino en la incidencia legal, jurídica y en la construcción de alianzas. Al movimiento feminista en Colombia le debemos desde el divorcio, la penalización de la violencia contra las mujeres, las movilizaciones desde distintos grupos para lograr la transversalización del enfoque de género en el acuerdo de paz, hasta el reconocimiento de la importancia de una educación no sexista en este país. Son pasos que se han dado y que son imparables.