El Código de Policía, una crónica de una arbitrariedad anunciada

En los primeros 45 días del año, la Policía Nacional puso 168.146 medidas correctivas, dentro de las cuales se incluyen una multa por comer empanadas, otra por comprar chontaduro y una por tomarse una cerveza sin alcohol en público. Para Alejandro Jiménez Ospina, investigador de DeJusticia, estos casos demuestran los peligros del Código de Policía.

por

Alejandro Jiménez Ospina

Investigador de Dejusticia


22.03.2019

Como en Crónica de una muerte anunciada de García Márquez, parecía que todo el mundo sabía que el Código Nacional de Policía estaba mal hecho y propiciaba la arbitrariedad, excepto quienes lo hicieron. Tanto que en el Congreso el Código fue aprobado a pupitrazo por la mayoría de congresistas, sin atender a los avisos de la sociedad civil. El simple paso del tiempo demostró que el riesgo de arbitrariedad era cierto y que el Código Nacional de Policía puede ser una herramienta perversa en manos inadecuadas.

“Este Código no es para limitar los derechos y las libertades ciudadanas (…), como algunos han insinuado. Todo lo contrario, es para garantizarles sus derechos y sus libertades” dijo Juan Manuel Santos al sancionar el Código Nacional de Policía. El general Jorge Hernando Nieto, director de la Policía Nacional, dio un parte de tranquilidad al decir que “las garantías de la sociedad civil están bien reguladas dentro de este código para evitar que puedan haber excesos y allí quedaron unos límites muy bien definidos”. Y el coordinador de ponentes en el Senado, Germán Varón, anunció a la prensa que el Código se encontraba blindado frente a cualquier demanda ante la Corte Constitucional y que tomaron todas las precauciones necesarias, incluso considerar la jurisprudencia constitucional.

En paralelo, esa sociedad civil a la que se refirió el general Nieto prendió las alarmas y avisó que el Código Nacional de Policía aprobado era problemático, el Congreso había incumplido normas de procedimiento en su trámite, desconocía la jurisprudencia de la Corte Constitucional en distintos sentidos (por ejemplo, respecto a la posible vulneración del derecho al trabajo de los vendedores informales) y, en general, daba pie para la arbitrariedad policial.

Según la información del Registro Nacional de Medidas Correctivas, entre el 1 de enero de 2019 y el 14 de febrero de 2019 la Policía Nacional impuso 168.146 medidas correctivas, entre las que se encuentran multas, destrucción de bienes y disolución de reuniones. Es decir, en lo que va de 2019 la Policía Nacional se las arregló para encontrar (o creer encontrar) más o menos a 3.600 personas al día afectando la convivencia y la tranquilidad.

Entre esas 168.146 medidas correctivas, la conducta que se lleva el primer lugar por ser la más cometida es consumir alcohol o sustancias prohibidas en el espacio público, con 40.834 medidas en 45 días. A esa le sigue el porte de armas cortopunzantes o sustancias peligrosas en el espacio público, con 30.128 medidas. Entre esos casos podrían encontrarse el de una estudiante de artes de Bogotá multada por portar armas cortopunzantes… ¡un bisturí y un cuchillo de cocina! O el de un ciudadano al que querían multar por tomarse una cerveza sin alcohol en la vía pública. O el del grupo ciudadano de Medellín al que le enviaron al ESMAD porque iba a hacer un evento en el Parque del Poblado llamado “Concervezatorio”, en el que querían hablar sobre la pérdida del espacio público por la prohibición irracional de tomarse una cerveza con amigos en un parque.

Después están los casos que resaltan por la falta de sentido común. Por ejemplo, hay 119 medidas correctivas registradas por propiciar la ocupación indebida del espacio público y 219 por promover o facilitar el uso y ocupación del espacio público en violación de las normas y la jurisprudencia pertinente. Ahí puede estar el caso del estudiante bogotano al que multaron por comprar una empanada en la calle. O el de la mujer en Armenia a la que multaron por comprar chontaduro y no pedirle a la vendedora que le mostrara el permiso para vender en espacio público.

Además, están los casos que ignoran por completo la realidad nacional, contradicen la jurisprudencia constitucional y generan impactos desproporcionados en población especialmente vulnerable. Hay 10.325 medidas registradas por ocupar el espacio público en violación de las normas vigentes. Entre esas debe estar la multa a la mujer caleña que se dedica a vender empanadas en Bogotá desde hace cinco años, que fue multada por venderlas y que dice que seguirá vendiéndolas pues tiene que trabajar y no se va a poner a pedir limosna.

Y también están las que generan sospechas directas de arbitrariedad, como las 6.006 medidas impuestas por irrespetar a la autoridad de policía o las 6.889 por incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de policía. Ahí podría estar el caso del abogado bogotano al que multaron por grabar un procedimiento policial y pedir que se respetaran los derechos de dos ciudadanos venezolanos. O el del ciudadano al que multaron por grabar mientras unos policías hacían un procedimiento de tránsito.

A todo el pueblo de le avisaron que iban a matar a Santiago Nasar, pero Santiago sólo se enteró minutos antes de morir. La sociedad colombiana ya sabía lo que iba a pasar con el Código Nacional de Policía. Todo el mundo vio que confiaron tanto en las autoridades policiales y su interpretación de la ley que estaban dejando a la ciudadanía expuesta a la arbitrariedad. Se avisó y explicó de todas las formas posibles y sólo hasta ahora los congresistas parecen enterarse. Habrá casos de aplicación correcta de la norma, pero lo que parecen demostrar estos casos es una concepción de lo público y la convivencia por parte de la Policía ajena a una autoridad sujeta a control y que debe rendir cuentas por sus actos. Esto parece la crónica de una arbitrariedad anunciada.

PD: Germán Varón dice que la platica de la capacitación para que los policías aplicaran bien el Código Nacional de Policía se perdió. Sería bueno preguntarle si lo que se perdió fue la platica que nos gastamos para hacer un Código arbitrario e irracional.

*Alejandro es abogado de la Universidad de Medellín y especialista en derecho constitucional de la Pontificia Universidad Javeriana. Actualmente cursa la maestría en derecho con profundización en derechos humanos de la Universidad Nacional de Colombia, en donde también se encuentra vinculado como becario auxiliar docente en la asignatura Derecho Constitucional Colombiano.  Actualmente es investigador de Dejusticia en el Área de Litigio.

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Alejandro Jiménez Ospina

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