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“Ver a una justicia restaurativa actuando es un remedio grande para una sociedad violenta”: Eduardo Cifuentes

En esta entrevista, el presidente de la JEP habla sobre la apuesta restaurativa de la justicia transicional, sus tareas pendientes en materia de sanciones e investigaciones y qué verán proximamente los colombianos sobre el trabajo de esa jurisdicción.

por

Andrés Bermúdez Liévano

@bermudezlievano

Periodista y corresponsal de Justiceinfo.net en Colombia


27.07.2021

Eduardo Cifuentes es el presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, el brazo judicial del sistema de justicia transicional surgido del Acuerdo de Paz entre el gobierno de Colombia y la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Exmagistrado de la Corte Constitucional, Cifuentes se ha convertido en la cara visible del tribunal especial –conocido localmente como la JEP– que este año ha develado sus primeras acusaciones: contra 8 ex comandantes de las FARC por secuestro y 25 militares por ejecuciones extrajudiciales.

Usted fue magistrado de la primera Corte Constitucional colombiana –que nació con la Constitución de 1991– y luego Defensor del Pueblo. En ambos cargos trabajó de cerca con víctimas del conflicto armado interno. ¿Usted lo vivió en persona?

Yo creo que todos los colombianos de mi edad hemos vivido el conflicto desde la infancia. Nací en 1954, de modo que recuerdo el conflicto en la casa en Popayán, en la familia, en el transporte público, en la prensa, en la vida de tíos y, luego a partir de los años 70, en contextos urbanos. La Constitución de 1991 surgió también en un contexto de violencia difusa del país y luego en la Defensoría del Pueblo me correspondió uno de los momentos más álgidos de la historia nacional.

Al trasmontar esa época, como presidente de la Jurisdicción Especial de Paz y magistrado, vivimos también una violencia que se recicla y se resiste a extinguirse, y un Estado desfalleciente que no es capaz de cumplir de manera integral su propia función. Parece como si el signo de la violencia fuera paralelo a nuestra andadura existencial.

En la Corte Constitucional, al abordar el caso de Luis Humberto Rolón que fue amenazado, atacado y obligado a exiliarse por sus ideas políticas, usted planteó que se requiere un “mínimo de paz” para materializar la promesa de la Constitución de lograr un país pacífico. Treinta años después, ¿ve que la JEP fortalece ese “mínimo de paz”?

Una Constitución es un acuerdo sobre mínimos, sobre límites y sobre el contorno utópico de una sociedad. La posibilidad de una gobernabilidad se da a partir de unos mínimos civiles y políticos, de los que puedan surgir un espesor institucional y elementos comunes a todos. Y, en nuestro caso, también de un mínimo de paz para que la sociedad no sea una brutalizada.

La historia de una comunidad es la de cómo esos mínimos pueden progresar y densificarse, pero también –como nada está escrito y la vida política está sujeta a un elemento aleatorio y de contingencia– es posible que tengan una vida difícil y no logren inmunizar a una sociedad de los peligros de que esos mínimos no crezcan más. Colombia ha sido siempre de muchos mínimos: tenemos, para los efectos de una democracia, un mínimo electoral; para los efectos de un estado de bienestar, una mínima posibilidad de distribución y creación de bienes públicos; para los efectos de la conservación del orden, igualmente…

Siento que he nacido en un territorio de mínimos, que a veces nos obligan a naufragar y asirnos al leño más próximo, pero ya en el siglo XXI tenemos que abrirle más horizontes a esta sociedad y a estas generaciones. Colombia está en la posibilidad de subir escalones: tenemos una Constitución que tiene todo el jugo vital para alimentar varias generaciones en su crecimiento como sociedad e institucionalidad. Tenemos un formidable Acuerdo de Paz que nos permite mirar el pasado, recuperarlo en un presente de verdad, de justicia y de reparación, y al mismo tiempo avizorar una sociedad futura profundamente transformada. La JEP es parte de una respuesta a los mínimos.

La justicia transicional colombiana intenta una fórmula novedosa para balancear castigo y reparación, pero también para satisfacer los derechos de las víctimas –verdad, justicia, reparación– en vez de uno solo. Que esto se logre depende de si los perpetradores reconocen su responsabilidad. ¿Cree que ha sido una apuesta acertada?

Yo creo que lo ha sido porque hemos percibido una dosis muy elevada de impunidad a lo largo de nuestros conflictos sucesivos y en los diferentes procesos de paz que ha tenido Colombia. Ya refiriéndonos únicamente al último proceso de paz, se trataba de un acuerdo entre combatientes: unos extra estatales [las FARC] que buscaban llegar a tomar el poder del Estado por vía de las armas, intento que fue fallido; y el Estado, que apeló a sus Fuerzas Armadas para resistir esa acción insurgente. Podían llegar a un punto en que el cansancio y la fatiga del conflicto los condujera a un acuerdo –y seguramente habría resultado más fácil para los negociadores acordar que [las FARC] entregaran las armas, se desmovilizaran y continuaran su conflicto ya por la vía democrática– pero decidieron que resultaba imposible no tomar en consideración a las víctimas. 

Cuando se habla de las víctimas, se habla del daño y de asumir las consecuencias del daño. Entendieron que no se podría mantener una paz puramente política entre combatientes, dejando de lado ese historial de daño, criminalidad e impunidad. Además la cultura política y jurídica contemporánea significa que no es posible hoy –en Estados de medianos ingresos y poca importancia geoestratégica como Colombia– una paz dejando en impunidad miles de crímenes internacionales. Era imposible que la comunidad internacional pudiera darle su aval.

En esa ponderación de orden constitucional sobre qué tanta justicia y qué tanta paz, fue que llegamos a la solución colombiana de reconocimiento de responsabilidad y de asumir verdad, justicia y reparación, que esta Jurisdicción Especial para la Paz tiene que gestionar.

Al anunciar la primera acusación contra siete ex comandantes de las FARC por secuestro, usted dijo “No hubo errores, hubo crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad”. Esa frase que capturaba el dolor del país ante quienes todavía justificaban el secuestro, pese a los avances del Acuerdo de Paz y de la dejación de armas. ¿Por qué era tan importante para usted subrayar eso?

Primero, estábamos reafirmando que la Jurisdicción tiene carácter de juez y que este Acuerdo de Paz requiere leer, interpretar y traducir los hechos y las atrocidades cometidas en términos de hechos punibles y de conductas que encajan en los crímenes internacionales. De otra parte, estábamos señalando que la JEP no es un juez autónomo, sino que aplica el derecho preexistente y, en este caso, las fuentes [del derecho] a las cuales debe siempre apelar para calificar hechos de la guerra como crímenes y las consecuencias propias de éstos.

Fue con el objeto de plantear claramente que la trayectoria de la Jurisdicción comienza en la norma, termina en la norma y se expresa en una sanción. Y que, por consiguiente, no estamos en tiempos de guerra sino en tiempos de investigación, juzgamiento y sanción. A través de la Jurisdicción, el Estado colombiano está cumpliendo los deberes que se derivan de sus obligaciones tanto internacionales como internas. Pasamos de la guerra al tiempo de juzgamiento: es muy importante volver a nombrar las cosas, volver a repasar con un lenguaje distinto los hechos cometidos.

En este modelo novedoso, las penas no serán carcelarias si los acusados aportan verdad, reparan a las víctimas y asumen su responsabilidad. Pero Colombia es un país donde se suele equiparar justicia con cárcel, pese a la histórica impunidad por estos delitos. ¿Cómo concilian esa tensión?

Nosotros hemos entendido que el derecho penal internacional y los compromisos que ha suscrito el Estado colombiano no lo obligan a imponer necesariamente una sanción de tipo carcelaria para un crimen de guerra o un delito de lesa humanidad. Esa es una premisa del Acuerdo de Paz que corroboró la Corte Constitucional.

En todo caso, el sistema sí impone una pena privativa de la libertad al responsable de estos delitos que –en la fase no adversarial– no aporte verdad detallada y exhaustiva, no asuma la correspondiente responsabilidad y, siendo máximo responsable, sea hallado culpable a partir de un procedimiento debidamente estructurado en las normas. Pero incluso la denominada ‘sanción propia’ también restringe la libertad de residencia y de locomoción, obliga a la persona a estar confinada en un espacio muy restringido del territorio nacional y, durante ocho años, lo pone a disposición de la comunidad de víctimas para llevar a cabo actividades de contenido reparador. Es decir, integra un componente retributivo y uno restaurativo.

Más allá de eso, yo creo que el derecho transicional colombiano ciertamente se coloca en una posmodernidad: la cárcel, vista desde el punto de vista sociológico y de política criminal, resulta en la mera naturalización de un mito de resocialización que no se sostiene hoy día en el mundo. La justicia transicional, desde el punto de vista de su componente sancionatorio, está orientada a señalar que hay una alternativa distinta a esa punibilidad entendida únicamente desde el recinto carcelario.

"Vivimos también una violencia que se recicla y se resiste a extinguirse, y un Estado desfalleciente que no es capaz de cumplir de manera integral su propia función"

¿Cómo funciona esa alternativa entonces?

Gracias al aporte de verdad exhaustiva, a ver la cara de sus víctimas y, a través de ellas, los rostros de los miles de colombianos que igualmente son víctimas, el beligerante o perpetrador de un crimen de guerra, logra un cambio de esa versión de leyenda de que el derecho penal podría lograr, por sí solo, mediante una pena privativa de la libertad en una mazmorra o en una cárcel, cambiar al sujeto y darle una posibilidad hacia el futuro. Esto, a su vez, busca lograr que miles de víctimas puedan mitigar el sufrimiento moral y el acumulado de tristeza, dolor y desolación que dejan estos crímenes, para que puedan reconstruir, en la medida de lo posible, su propia vida y el tejido social.

Para mí, esa es la lección de la justicia transicional hacia el mundo: usted no puede contemplar una pena severa –en este caso de crímenes de guerra– sin considerar generar cambios en las subjetividades de víctimas y de perpetradores, con un Estado que al tiempo modifica los entornos.

Cambiar los entornos de un conflicto armado interno es una tarea muy compleja que va a ocupar al Estado colombiano y a esta sociedad durante muchos lustros hacia el futuro. Significa, en nuestro caso, entender que en los territorios y poblaciones más vulnerables tenemos un déficit de reformas que dejamos de hacer: desarrollo rural, educación, servicios públicos, visión de lo que es un Estado y ética ciudadana. Todo eso resulta necesario para tomar en serio la justicia transicional, los daños a las víctimas y esa promesa de otra existencia que podemos colegir a partir de la entrega de las armas.

Ese es el derecho penal, digámoslo así, de la posmodernidad. Paradójicamente lo está llevando a cabo y protagonizando un país que no ha pasado siquiera el primer umbral de la modernidad.

Sacando de esa ecuación las particularidades colombianas, ¿es un modelo que otros países pueden emular?

Creo que en países como el nuestro –donde hay conflictos de baja intensidad y prolongados, vinculados al colonialismo o sus escombros, a pobrezas extremas, a élites que han sido sucesoras de poderes coloniales, a divisiones étnicas muy fuertes– pensar que la solución sea una especie de tribunal militar como el de [Nuremberg en] 1945 no es posible.

La solución son mecanismos de justicia transicional donde el país vuelve a comenzar, en el sentido de volver a crear una comunidad e integrar allí a unos sujetos de la guerra. Porque vemos la historia colombiana: en nuestros conflictos las mismas familias y clases sociales han reciclado la violencia. Frente a eso, la receta de una sanción privativa de la libertad de 40 años en la Cárcel La Modelo [de Bogotá] no evita que vuelvan otra vez a florecer ciclos de violencia. Hemos tenido una violencia extendida en el tiempo y el espacio, que penetra casi todas las organizaciones sociales y convive con una institucionalidad mínima pero débil. Hay que reordenar todo el paisaje.

El punto hacia el futuro para pensar es: ¿esto puede hacerse únicamente a partir de autos de determinación de hechos y conductas [de la JEP], que luego se vuelven resoluciones de conclusiones y después sentencias del Tribunal para la Paz? La justicia no es solo la que se cumple a través de un tribunal ad hoc creado para esos efectos, sino los cambios y transformaciones que deben darse hacia el futuro. En el caso colombiano fue un momento de lucidez de la élite y de las FARC estructurar un Acuerdo de Paz con unos capítulos gruesos de transformación social y económica. Si se cumplen, podremos llegar a un grado adecuado de estatalidad y de sociedad bien ordenada.

Una de las preguntas del millón es cómo serán exactamente las sanciones para quienes son hallados máximos responsables. Porque, tras tres años de trabajo de la JEP, aún no se conoce el detalle del régimen de sanciones. ¿Cómo avanza esa discusión?

En la JEP estamos comprometidos a que sean sanciones y a que sean efectivas. Desde el punto de vista logístico, es un desafío muy grande para un órgano de justicia. Piense que los órganos judiciales tradicionales, como la Corte Constitucional o el Consejo de Estado, no tienen la carga de pensar, diseñar, ejecutar y gestionar sanciones. Además, la JEP solo las impone tras un diálogo profundo entre víctimas y perpetradores, donde se ponen de acuerdo sobre cuáles pueden ser las actividades con contenido reparador adecuadas y proporcionales a los hechos sancionados, que son los más graves de todos en escala de daño, de perversidad y de reprochabilidad. Ese diálogo, que dirige el juez transicional, es inédito en el mundo.

Estamos buscando crear una dependencia en la JEP para la gestión, supervisión y monitoreo de estas sanciones. Pero hay algo muy importante que quiero subrayar: es compromiso del Estado colombiano generar condiciones para que los destinatarios de estas sanciones propias tengan seguridad, una forma decente de poder proseguir con su vida y, lo más importante, cumplan con acciones que configuran el trabajo de contenido reparador. Estamos avanzando en acuerdos interinstitucionales con la Consejería para la Estabilización en la Presidencia, la Alcaldía de Bogotá y otras entidades territoriales.

Hay otro punto que apenas comienza a desvelarse: los máximos responsables recibirán sanciones propias, pero ¿qué pasará con quienes se les defina la situación jurídica a través de medidas no sancionatorias, como la renuncia a la acción penal, la suspensión de la ejecución de la pena o la exención de responsabilidad? Ese es el grueso de los comparecientes en la Jurisdicción. Los beneficios que se les otorgan están sujetos a un régimen de condicionalidad: el aporte de verdad y las medidas de reparación. Gestionar esto es otro elemento que no tiene ninguna otra jurisdicción.

¿Cómo opera entonces la condicionalidad?

En la Jurisdicción también tenemos responsables, partícipes determinantes y autores materiales, por lo que el reto es superlativamente más grande tal vez que tratándose solo de las sanciones propias [para máximos responsables]. En total, unos 12.500 comparecientes son objeto de los regímenes de condicionalidad.

Estamos trabajando en buscar una homogeneización de los mecanismos de reparación, de modo que un indicador de éxito de la Jurisdicción sea en los próximos años ver cómo máximos responsables desde ya estén anticipando sus sanciones propias y estén insertados claramente en programas y proyectos de contenido reparador para víctimas y comunidades. Y que el grueso de Fuerza Pública, FARC y terceros [que no sean máximos responsables] estén haciendo lo propio. Ese es el desafío colosal para la Jurisdicción.

Y es lo que haría especial a Colombia en el escenario internacional. En un momento de post pandemia y crisis económica en el país, que en los 170 municipios PDET [priorizados por ser los más pobres y golpeados por la guerra] se pueda encontrar a los sujetos comparecientes trabajando para las víctimas en proyectos sociales y comunitarios, generando soluciones tangibles, sería un momento keynesiano de la justicia transicional: activaría la demanda y generaría economía, bienes públicos y empleo. Vamos a buscar que los presupuestos nacionales, departamentales y municipales concurran en esto que es muy importante para la reparación de las víctimas, pero también para sanar el tejido social y luchar contra la pobreza.

"La receta de una sanción privativa de la libertad en la Cárcel La Modelo no evita que vuelvan otra vez a florecer ciclos de violencia"

Hay otros dos temas aún pendientes en las sanciones. Por ejemplo, ¿podrán seguir en política los ex guerrilleros de las FARC mientras están sancionados? ¿Desde cuándo contará el tiempo de la sanción, dado que hasta ahora no han visto su libertad restringida?

Es algo que, como presidente de la Jurisdicción, no le puedo responder porque entraría en el terreno de la decisión que en su momento deberá adoptar la Sección con reconocimiento del Tribunal para la Paz [de la JEP], una vez que la Sala de reconocimiento le remita el proyecto de sanción propia.

Es parte de esa tarea de la Jurisdicción que no cumple ningún otro tribunal del mundo, porque una cosa es, como juez decir “este sujeto tiene una pena privativa de libertad de 30 años y la cumple en tal cárcel” y otra pensar lo que podríamos llamar un complejo restaurativo. Ese espacio nos toca construirlo no solo a nosotros sino que intervienen como diseñadores las víctimas, los comparecientes, el Estado y el propio juez.

Las entidades de la justicia transicional en teoría trabajan juntas para verificar que los perpetradores cuenten la verdad y reparen a las víctimas. En la vida real, sin embargo, la JEP tiene 15 años y la Comisión de la Verdad tres que terminan este año. ¿Hay un problema de tiempos?

Efectivamente en diciembre la Comisión debe entregar su informe final y concluye su existencia. Entonces sí hay un problema de tiempos: la sincronización debía permitir que el flujo de productos finales y los procedimientos previos de cada entidad generara una fertilización cruzada. Eso no se está dando, ni ya se puede dar, por el tiempo.

Aún así, la contribución de la Jurisdicción se ha dado en los términos contemplados: se han enviado listados de comparecientes con beneficios para que aporten información de carácter no judicial. Han concurrido a la Comisión de Esclarecimiento con aportes de verdad y testimonios con miras a la elaboración de su informe y a la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas con información con miras a recuperar personas desaparecidas. Se ha dado, aunque no con la fuerza que ha podido tener, dado que solo captura los primeros años de la Jurisdicción. Las verdades más importantes, las revelaciones exhaustivas, comienzan apenas a darse ahora , cuando en seis meses periclita la Comisión.

En todo caso, la explicación de las causas estructurales del conflicto que estará en el informe de la Comisión sí será muy interesante para la Jurisdicción. Esta visión histórica del conflicto nutrirá a la JEP a la hora de entender patrones de macro-criminalidad y contextos.

También es cierto que no se ha podido coordinar a las víctimas. Más bien nos hemos visto expuestos a una especie de fatiga de las víctimas cuando han acudido a la Comisión, la Unidad y la Jurisdicción, cada una con su propia metodología. Por ejemplo, para la Comisión es fundamental generar confianza absoluta de que lo que se señala allí no será objeto de judicialización y, por consiguiente, estableció una muralla china frente a la Jurisdicción. Ahí creo que la arquitectura institucional y la coordinación no han sido las mejores, pero en todo caso la aproximación desde un sistema integral [de justicia transicional] ha servido.

Muchas víctimas están pidiendo a la JEP abrir casos sobre violencia sexual, desplazamiento forzado, uso de minas antipersonal o incluso delitos contra el ambiente. ¿Cómo se imaginan la segunda tanda de macrocasos que vendrá en un futuro cercano?

Esa es una competencia autónoma de la Sala de Reconocimiento y, como presidente de la Jurisdicción, no puedo sino darle indicaciones periféricas. Pero quiero precisar que, en un tiempo récord en justicia penal internacional y transicional, se ha podido avanzar en el primer caso de FARC por la toma de rehenes y [en el segundo] de la Fuerza Pública por ejecuciones extrajudiciales. Esas investigaciones permitieron a los magistrados y sus equipos entender a fondo la estructura, la fisonomía, la cadena de mando, el flujo de la información, la instalación territorial y las políticas de las FARC en el tiempo. Lo propio con la Fuerza Pública. De modo que lo que se haga hacia el futuro fluirá de manera más rápida y estructurada.

La unidad con la cual la Jurisdicción se ha relacionado con las víctimas y con el país han sido los macrocasos. Por eso se habla del macrocaso como el expediente típico de la Jurisdicción. Sin embargo, estamos pensando más en términos de cada actor armado: en el caso de las FARC, por ejemplo, llegar a varios autos de determinación de hechos y conductas que converjan hacia el universo de hechos punibles y crímenes suyos que conoce la Jurisdicción. Es decir, abrir simultáneamente en esta segunda etapa, que seguramente comenzará en este segundo semestre [de 2021], todas las restantes líneas de investigación.

¿Entonces las siguientes investigaciones tomarán menos de tres años?

Exactamente. La memoria, en términos históricos y judiciales, es muy importante para una jurisdicción transicional. Además, los máximos responsables, como todos nosotros, son mortales. No pueden estar supeditados a que hoy se abra un caso de reclutamiento [de menores], en tres años uno de desplazamiento forzado y en seis otro sobre métodos de guerra.

Vamos a privilegiar las versiones integradas por bloques y por máximos responsables. La suma de la información de la que dispone la Jurisdicción, el cruce de bancos de datos y los equipos que están trabajando van a permitir, yo creo, en un tiempo razonable – y más breve del que se imaginó el sistema – abordar todos los de FARC.

Igualmente, vamos a agotar este año y el próximo el caso de ejecuciones extrajudiciales, el del [exterminio del partido político] Unión Patriótica tendrá que terminarse de aquí al próximo año y seguramente iniciarán investigaciones sobre paramilitarismo y Fuerza Pública. Con eso cubrimos los de Fuerza Pública.

¿Entonces los primeros macrocasos fueron una cuota inicial que abonó un terreno donde ahora cosecharán en menos tiempo?

Claro, pensando más en las estructuras que dan lugar a toda esta criminalidad. El lenguaje macrocaso no se puede eliminar porque ya está en la conciencia de las personas y, de hecho, las organizaciones [de víctimas y derechos humanos] nos miden en estos términos. Pero  realmente hay que entender que el actor armado tiene una espacialidad y que no solo hay desplazamiento o violencia sexual, sino un conjunto de acciones. Obviamente, las líneas de investigación futuras seguramente tendrán énfasis temáticos.

¿Cómo satisfacen las expectativas de todas las víctimas sobre cuáles casos abren?

Una justicia transicional maneja un cúmulo de expectativas y seguramente no podrá satisfacer –lo digo con toda sinceridad– todas.

Sobre todo cuando se trata de una justicia como la nuestra, que no solo coloca en la mira a los máximos responsables de los más graves hechos y conductas, sino que tiene también una visión prospectiva de cambio, en la que deben concurrir gobierno y sociedad. Si éstos no actúan en términos del acuerdo de paz, la frustración colectiva e histórica va a afectar no solo a la Jurisdicción, sino a todo el Estado colombiano.

En la JEP queremos tener mayor incidencia en las comunidades más afectadas por el conflicto. Escogimos inicialmente a Buenaventura, donde convergieron todos los actores armados, las violencias (que se mantienen) y los aspectos estructurales que pueden dar vida a 100 mil conflictos hasta dentro de mil años. Con el sistema integral [de justicia transicional], estamos buscando el despliegue simultáneo de nuestras competencias y convocando a las autoridades para convertir a Buenaventura en territorio de paz porque allí, hasta ahora, todos hemos fracasado. Luego vamos a recorrer todas las zonas más afectadas, porque es donde tenemos las audiencias de víctimas, los regímenes de condicionalidad y las sanciones propias, así como la reforma rural y otros elementos [del acuerdo de paz] que tienen compatibilidad con nuestras funciones.

Justo le quería preguntar por Buenaventura porque estamos viendo a la JEP, una jurisdicción pensada para lidiar con el pasado, hablando también de problemas del presente. ¿No es una carga adicional?

En las normas procedimentales de la Jurisdicción quedó como una obligación para los jueces determinar, en los casos de crímenes de guerra, la situación ex ante de la comunidad y de las víctimas, la situación cuando se produce el delito y finalmente la situación actual o ex post. ¿Por qué? Para que las medidas que dicta el juez, en sentencias o en regímenes de condicionalidad, tomen en consideración esas realidades a fin de que no se repitan.

El deber de no repetición lo entendemos no solamente como uno que gravita sobre el autor del delito, sino también en términos más sistémicos.

Hablando del presente, a la JEP le ha tocado operar al tiempo que un gobierno nacional hostil, que incluso intentó objetar su ley de procedimiento. ¿Cómo administrar justicia en ese ambiente?

El desafío nuestro es múltiple. Lo que me preocupa es el cumplimiento de ese desafío si no logramos tener una fórmula política adecuada. ¿A qué me refiero? Esta justicia transicional depende en alto grado de lo que hace el gobierno para transformar las condiciones que dieron lugar al conflicto, de suerte que eliminemos la pobreza extrema o la ausencia de estatalidad.

Colombia ha vivido siempre con una frontera que nunca logra consolidar en términos de Estado social de derecho: tenemos un ‘lejano oeste’ en Buenaventura, en los 170 municipios PDET y en otras regiones del país. Ese es el reto del siglo XXI para todos.

La JEP ha operado en medio de una fuerte polarización, una pandemia, más recientemente un paro nacional y ahora viene la campaña electoral. ¿Cómo superar ese ruido de fondo para que los colombianos realmente vean lo que está ocurriendo aquí?

Tenemos un país con 9 millones de víctimas y una historia de conflicto que debemos superar: no es un ingrediente ideológico, sino una premisa de la entidad judicial y de la aplicación del derecho en una sociedad muy empobrecida e inequitativa. Creo que con eso podemos enfrentarnos a cualquier partido opositor, a cualquier candidato enloquecido con el retorno a una Colombia bélica.

Creo que tenemos mucha fortaleza normativa y tenemos -excúseme la expresión, que uso con cierta arrogancia- mucha razón para cambiar las cosas en el país: considero a la JEP invencible, inderogable e indispensable. Para las nuevas generaciones tiene que terminar este paisaje de guerra en Colombia.

Ver a los máximos responsables y a los criminales de guerra trabajando con sus comunidades durante ocho años –un tiempo histórico y de reconstrucción- será un nuevo paradigma que genera cambios. Si logramos igualmente aplicar esto a los regímenes de condicionalidad, que son 13 mil personas, lo será aún más. Ver a una justicia restaurativa actuando todos los días es un remedio muy grande para una sociedad violenta.

Ahora, si no es remedio, nadie podrá vacunar a este país ni indemnizarlo de futuras violencias. Debemos ensayar a fondo un cambio profundo en los 170 municipios PDET y en las demás zonas del país: mejor educación, bienes públicos, oportunidades económicas, instituciones robustas, recuperación de memoria. ¿Por qué no? Es parte de lo posible. Tengo muchas esperanzas que un próximo gobierno nos permita tener una formulación política adecuada para el régimen transicional. Con una justicia transicional y un gobierno que cumpla el Acuerdo de Paz, yo creo que tendremos otra Colombia.

En estos tres años ha escuchado y compartido con muchas víctimas. ¿Cuál ha sido el momento o el testimonio que más lo ha marcado?

El testimonio que más me ha marcado es uno que me supera. Cuando era Defensor del Pueblo, fui el primero en llegar a un lugar de palafitos donde se había producido una masacre. Llevaba tres días y no llegaba nadie. Los muertos estaban inclusive en las casas. Yo llegué en una embarcación, entré a una vivienda y encontré a un anciano negro, cuyos dos hijos muertos estaban en esa casa. Él me estrechó fuertemente y me dijo ‘Gracias, usted es el Estado’.

Yo sentí que lo estaba defraudando, porque yo no era el Estado. No tenía por qué decir gracias, pero ese era su estado de postración, de humillación y de devastación humana, justamente ante la ausencia absoluta de Estado. Esa población masacrada nunca ha tenido Estado.

¿Eso fue en Nueva Venecia, en la Ciénaga Grande de Santa Marta?

Sí. Y no tendrán Estado si no se dan estas transformaciones. Por esto es que permanentemente hablo del vacío de estatalidad. Ese Estado es la deuda que tengo con ese anciano negro que me abrazó.

[N. de la E. Este reportaje apareció publicado originalmente en inglés y francés en JusticeInfo]

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Andrés Bermúdez Liévano

@bermudezlievano

Periodista y corresponsal de Justiceinfo.net en Colombia


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