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¿Qué casos investigar primero? El gran dilema de la JEP

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) está tratando de dejar listos todos los protocolos para avanzar en las investigaciones con celeridad.   

por

Santiago Valenzuela

@santiagov72

Periodista en ¡Pacifista!


20.06.2018

[Esta nota fue publicada previamente en ¡Pacifista!]

En la mañana del miércoles 13 de junio, en el piso 11 de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), se encontraron las organizaciones de víctimas más representativas del país: la Ruta Pacífica de Mujeres, Movice, Colombia Diversa, Codhes, las víctimas de El Nogal, las comunidades afro, los movimientos indígenas, entre otros. La mayoría de personas presentes en ese auditorio viajaron hasta Bogotá para escuchar atentamente la metodología que usará la JEP para priorizar los casos del conflicto armado que tiene la obligación de investigar; un punto sensible para las ocho millones de víctimas que buscan una reparación por parte del Estado.

En un auditorio donde no alcanzaron las sillas, con algunos medios de comunicación esperando en la puerta, los magistrados de la JEP presentaron el anteproyecto en donde están los criterios que utilizarán para priorizar las investigaciones alrededor del conflicto armado. La magistrada Patricia Linares, presidenta de la JEP, fue la primera en hablarle a las víctimas: “Estamos seguros de que vamos a lograr, con la colaboración de todos y todas ustedes y a través de los casos seleccionados y priorizados, impartir justicia restaurativa que va orientada a sanar las heridas de un conflicto tan largo y tan cruento como el colombiano para sentar las bases de una verdadera reconciliación”.

Antes de que las organizaciones opinaran y sugirieran modificaciones para el anteproyecto, los asistentes revisaron el documento. En 16 páginas, la JEP explicó las claves para la priorización de casos. Lo primero que dice es que sin priorizar sería difícil tomar decisiones en un corto plazo, así como distribuir  los recursos y las cargas en las tres salas de la jurisdicción: reconocimiento de verdad, amnistía e indulto y definición de situaciones jurídicas. Priorizando casos, dice el documento, se garantizan los derechos de las víctimas de manera progresiva.

Lo primero que hará la JEP es agrupar los casos que son de su competencia. Después focalizará el trabajo, recopilando datos, testimonios y haciendo un análisis sobre el futuro de los procesos. La última etapa es la de priorización, donde, dice la JEP, aplicará “los criterios estratégicos que le permiten el orden de la gestión de los casos”. La priorización de los casos se hará de acuerdo al flujo de información que reciba la jurisdicción, así como a la información que aporten las personas que se sometan a la JEP. Por ahora, la delimitación de la información tendrá en cuenta los informes que ha entregado la Fiscalía, la información que tienen en la secretaría ejecutiva de la JEP, los informes entregados por las organizaciones de víctimas y los testimonios de las personas que se han sometido a la JEP (más de 10.000, según el último balance de marzo).

¿Cómo priorizará los casos la JEP?

La jurisdicción parte de dos criterios de priorización: impacto del caso y disponibilidad de la información. El impacto se mide a través de dos componentes: subjetivo y objetivo. El primero tiene que ver con las características de las víctimas y los presuntos responsables (por ejemplo, si se trata de un grupo indígena de mujeres víctimas de la guerrilla, por su estado de vulnerabilidad en la sociedad, el caso debería ser prioritario). El componente objetivo se refiere a los hechos, los cuales tienen varios respaldos en cifras, documentos judiciales, entre otros.

¿Qué tendrá en cuenta la JEP en el criterio subjetivo? La vulnerabilidad de las víctimas en razón a su origen étnico o su identidad racial; su orientación sexual, condición de discapacidad, pobreza, rol social y otras características “derivadas de patrones históricos, sociales y culturales de discriminación así como ausencia o debilidad de las instituciones estatales”, dice la JEP. Para los pueblos étnicos, la jurisdicción estableció una prioridad debido a los daños que han sufrido sus territorios así como a los riesgos de “exterminio físico y cultural” que presentan.

El otro eje importante en el criterio subjetivo tiene que ver con el grupo o las personas que cometieron los delitos. Si los presuntos responsables hacen parte de un plan o patrón de violencia sistemática o macrocriminalidad, estos casos deben ser prioritarios. Tendrán especial relevancia cuando se verifique que los actos se cometieron dentro de un plan o política criminal.

En relación al componente objetivo, la JEP dice que tiene que ver con la gravedad de los hechos en términos de intensidad de la violencia, sistematicidad, masividad, daños e impactos generados en la población. La magnitud de la victimización se puede medir con el número de víctimas directas o indirectas de determinado suceso, así como el tiempo en el que se prolongaron los crímenes. Existen poblaciones, como las de Tumaco, que han vivido una violencia prologada desde finales de los noventa, por ejemplo.

Para buscar un equilibrio en la priorización de los casos, la JEP incluyó el criterio de simetría, con el fin de que exista un “tratamiento equitativo” para los actores que participaron en el conflicto armado

Otro criterio objetivo es cuando, a través de los hechos demostrados, se puede “ilustrar el modus operandi relacionado con prácticas, políticas, planes o patrones criminales”. La JEP tendrá que analizar los planes, las políticas y los elementos de sistematicidad que puedan dar luces sobre patrones de macrocriminalidad en el conflicto armado. Esto deberá ser demostrado, pues en la reglamentación del Acuerdo de Paz quedó claro que “no se podrá presumir el carácter masivo o sistemático de las conductas punibles investigadas, ni que el hecho ha sido cometido como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de los crímenes”.

Para buscar un equilibrio en la priorización de los casos, la JEP incluyó el criterio de simetría, con el fin de que exista un “tratamiento equitativo” para los actores que participaron en el conflicto armado. La idea no es que solamente sean juzgados guerrilleros de las Farc, paramilitares o agentes de Estado sino que, como argumenta la JEP, exista un equilibrio entre los tipos de actores que vayan al tribunal. Existen dos puntos adicionales que los magistrados de la jurisdicción tendrán en cuenta: disponibilidad de información (se priorizarán los casos en los cuales se factible llegar a una decisión pronta) y el equilibrio fiscal a la hora de asignar recursos. En este aspecto tendrán en cuenta si los casos están en otras instancias judiciales o si hacen parte de alguna investigación judicial en el exterior.

Por último, la JEP dejó claro que en los casos en donde las víctimas estén en peligro o donde los responsables estén amenazados y su versión voluntaria implique riesgos para la población, deberán ser prioritarios. Cuando existan amenazas a testigos, por ejemplo, la JEP también hace un llamado a actuar con prontitud. Todo este proceso de priorización será público y contará con la participación de las víctimas, quienes tuvieron varios reparos en la audiencia inicial.

Las sugerencias de las víctimas

Una de las primeras organizaciones en intervenir fue Colombia Diversa. En el documento, señalaron, es necesario priorizar la categoría de género y especificar que en el conflicto armado ha existido una política de exterminio en contra de la población LGBTI. Por otro lado, recomendaron hacer foros de rendición de cuentas frente a las víctimas en todo este proceso de priorización. Más adelante, diferentes juristas como Gustavo Gallón y Juan Carlos Ospina plantearon el debate sobre la conveniencia de que la JEP priorice casos dependiendo de la disponibilidad de información, algo que podría generar un ambiente de impunidad.

Bertha Fríes, vocera de las víctimas del atentado al club El Nogal, fue una de las personas más críticas en la audiencia. Según ella, la JEP no deja claro qué entiende por vulnerabilidad y el hecho de que defina un impacto diferenciado puede dejar de lado a víctimas como las de El Nogal en los procesos de reparación. “¿Y el impacto político y psicológico de ese atentado no cuenta?”, le preguntó Fríes a los magistrados.

Las organizaciones indígenas, representadas por la ONIC, le dieron un espaldarazo a la JEP y manifestaron que, por lo pronto, les preocupa que un nuevo presidente cambie estos puntos y no reconozca temas claves como el capítulo étnico del Acuerdo de Paz con las Farc. Sin la implementación de los acuerdos, advirtieron, sería difícil hablar de una justicia transicional efectiva. Hicieron algunas recomendaciones sobre temas específicos como la necesidad de contar con traductores y revisar el factor de vulnerabilidad de los pueblos que están en riesgo por exterminio. Además de solicitar un programa de protección, pidieron que “se defina de manera urgente la situación de las autoridades indígenas”.

Los representantes de las comunidades afro criticaron varios puntos del anteproyecto de la JEP argumentando que, tal como está planteado, no queda muy claro cómo garantizaran los derechos de las víctimas y cómo van a protegerlas para que no se repitan los hechos violentos que los afectaron —y los siguen afectando—. El documento, señalaron, debería tener en cuenta los desplazamientos masivos de las comunidades afro y los pronunciamientos de la Corte Constitucional alrededor de la necesidad de protección urgente para ellas.

El Estado tiene que responder por al menos 62.000 víctimas que no deberían quedar en la impunidad por un criterio de “simetría”

Marco Romero, director de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes), hizo varios reparos. Teniendo en cuenta que la JEP tiene como misión juzgar a los responsables, reparar a las víctimas y garantizar la verdad en aras de una justicia restaurativa, debe tener siempre como premisa la restitución de derechos: “El 92 % de las víctimas han sufrido el desplazamiento forzado. El hecho de que sean más de 7 millones de personas puede representar un riesgo y es que por su carácter masivo no sea un tema prioritario para la JEP. Es necesaria una lectura estructural sobre el problema, pues estamos hablando de un fenómeno que representa una ruptura del tejido social y no debería quedar por fuera”.

Otro riesgo, señaló Romero, es que por razones fiscales la JEP no priorice este tipo de fenómenos y que sea al final el Ministro de Hacienda quien decida qué caso se prioriza y qué no. “Si esto sucede sería difícil establecer patrones criminales y roles sistemáticos en el conflicto armado”, lo que, en consecuencia, afectaría el derecho a la verdad.

A Romero también lo respaldaron otros juristas que señalaron, por ejemplo, que existen casos en donde la sistematicidad ha sido investigada, como la de los falsos positivos y otros crímenes de Estado. Le pidieron a los magistrados que explicaran qué entienden por simetría, pues con base en ese criterio podrían quedar por fuera muchos crímenes, ya sean del Estado o los paramilitares. En un sentido similar se pronunció el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), argumentando que el Estado tiene que responder por al menos 62.000 víctimas que no deberían quedar en la impunidad por un criterio de “simetría”.

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Alberto Brunori, valoró el esfuerzo de los magistrados de la JEP y manifestó el respaldo de la ONU. Al final, no obstante, hizo una serie de recomendaciones para el proyecto de priorización: fortalecer las garantías para las víctimas, trabajar por desmantelar a los actores de las violencias masivas de los derechos humanos, abrir mecanismos de participación para las víctimas, que ésta no se limite en aras de la transparencia y aclarar la diferenciación entre seleccionar casos y priorizarlos. Todas estas recomendaciones fueron escuchados por los magistrados de la JEP, quienes compartieron la incertidumbre de los asistentes: ¿cómo operará la JEP después del domingo 17 de junio?

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Santiago Valenzuela

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