Racismo en prime time: No se trata de opiniones

Sobre los comentarios racistas de Johana Fadul en La casa de los famosos de RCN.

por

ILEX Acción Jurídica


11.02.2026

Portada: Isabella Londoño.

Este artículo fue publicado originalmente en ILEX Acción Jurídica.

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Hace un par de días se hizo viral una frase profundamente racista pronunciada por Johana Fadul contra Franck Luna Valencia “Campanita”, ambos participantes de un reality show transmitido por uno de los canales más tradicionales del país. Ante miles de espectadores, la actriz afirmó que su compañero tenía “el alma y la mente igual de oscuras que su color de piel”. Sin mayor reparo, fuerte y claro, el programa volvió a exhibir un acto de racismo en televisión nacional.

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Y sí, volvió, porque no es la primera vez. En este mismo formato televisivo ya se han presentado, en vivo y sin mayores consecuencias, conversaciones y situaciones atravesadas por el racismo. En su primera versión, una discusión sobre oportunidades y falta de acceso a derechos básicos, dejó al descubierto la burbuja social desde la que muchas personas viven en Colombia: una burbuja que no les permite reconocer el racismo que practican, ni comprender las realidades de quienes históricamente han sido excluidos de las decisiones que se toman en el “centro” del país. En la segunda versión ocurrió algo similar con la influencer conocida como La Jesuu: comentarios sobre su aspecto físico y su olor, expresiones que reprodujeron estereotipos raciales históricos que reducen a las personas negras a caricaturas, negando su humanidad.

Lo ocurrido con Campanita, con La Jesuu, con Karen Sevillano, no es una opinión mal formulada, ni un error aislado. Es racismo puro, amplificado por un equipo de producción y un canal que sabe que este tipo de violencias genera audiencia, conversación y rating. El problema no es un comentario individual: el problema es la normalización de estas prácticas y el alcance masivo que han tenido durante décadas. Son heridas que se han enquistado en la vida cotidiana y que han resultado “atractivas” para ser dichas frente a todo un país.

Y es fundamental entender lo que implican esas prácticas. El racismo no necesita manifestarse en agresiones físicas ni en insultos explícitos de superioridad racial para ser profundamente dañino. Basta con asociar a una persona negra con la inferioridad moral, la oscuridad o la violencia a partir de un rasgo inherente e inmodificable como el color de su piel para atacar su dignidad y, al mismo tiempo, la de todo el grupo al que pertenece. El daño que producen estas expresiones no es únicamente individual: es colectivo e intergeneracional. Cuando los discursos públicos refuerzan imaginarios que vinculan lo negro con lo negativo, impactan la vida cotidiana de millones de personas negras en su acceso al empleo, a la educación, a la justicia y al trato digno, reproduciendo exclusiones que se transmiten de generación en generación.

Además, el racismo no requiere una intención explícita para existir. Muchas expresiones racistas operan desde prejuicios profundamente interiorizados: que una persona no se reconozca a sí misma como racista no reduce el carácter discriminatorio de sus palabras ni el daño que causan. El efecto sobre la persona directamente aludida y sobre la audiencia es el mismo, especialmente cuando estas expresiones se producen en espacios de alta visibilidad y legitimación social.

Ahora, precisamente porque estos discursos atacan la dignidad de las personas en razón de rasgos invariables de su humanidad, el ordenamiento jurídico colombiano no los trata como simples opiniones y es importante decirlo con claridad: el racismo es un delito en Colombia. El Código Penal, en su artículo 134A, tipifica los actos de discriminación, sancionando a quien promueva o practique tratos diferenciados que menoscaben derechos por razones de raza, color de piel, origen étnico u otras condiciones. Además, el artículo 134B establece el delito de hostigamiento, cuando se promueven conductas orientadas a causar daño moral, humillación o exclusión contra una persona o grupo por estas mismas razones. Y, también, el artículo 134C de la Ley 1482 establece que las penas se aumentan de una tercera parte a la mitad cuando la conducta se ejecuta a través de medios de comunicación de difusión masiva. Es decir, no sólo se trata de simples “polémicas mediáticas”: estamos ante conductas que, jurídicamente, se reconocen como graves y sancionables. Los datos y la evidencia lo demuestran, en 2024, de acuerdo a datos de la Fiscalía, se registraron más de 1.200 víctimas de actos de racismo y discriminación, y más de 2.000 víctimas de hostigamientos.1

Es por esto que el reciente caso también interpela directamente a los medios de comunicación. En Colombia, los medios no son actores neutrales: el artículo 20 de la Constitución reconoce su libertad, pero la condiciona al ejercicio de una responsabilidad social. Esto implica un deber de ponderar el impacto de los contenidos que transmiten, especialmente cuando pueden reforzar violencias estructurales como el racismo.

Por ello, el problema no se limita a la frase racista pronunciada por una participante, cuya responsabilidad es individual, sino a lo que el medio hizo —y dejó de hacer— al transmitir ese contenido en diferido. La ausencia de una advertencia o contextualización editorial constituye una omisión relevante. Una advertencia clara habría permitido señalar que el programa se aparta de expresiones discriminatorias y marcar una línea editorial de distanciamiento. Sin ella, el mensaje implícito es que el racismo hace parte de la dinámica normal del programa.

La expulsión posterior de la participante fue una medida reactiva, orientada a responder al escándalo público y a la conducta individual. La advertencia editorial, en cambio, es una medida preventiva, dirigida a asumir la responsabilidad social del medio como amplificador del discurso. El programa adoptó la primera, pero omitió la segunda. La advertencia no es censura: es una forma mínima de responsabilidad editorial. El racismo no se combate con sanciones simbólicas ni con comunicados post reproducción y amplificación del discurso, sino con decisiones estructurales, responsabilidad editorial y compromiso real con los derechos humanos. Esto es lo que convierte al canal de mero vehículo en corresponsable del impacto. 

Por eso, el debate no puede quedarse únicamente en la sanción individual ni en la indignación momentánea, porque la memoria selectiva y la indignación temporal, es lo que nos sigue poniendo en situaciones como estas. La pregunta de fondo es: ¿cuál es la responsabilidad de los medios de comunicación y las audiencias frente al racismo que circula y se legitima en el espacio público? 

Por años, distintos canales y programas transmitidos por estos, han reproducido situaciones y expresiones racistas que no tuvieron cambios de fondos. Los medios de comunicación no son simples espectadores ni plataformas neutrales. Son actores con poder simbólico, con capacidad de definir qué se dice, cómo se dice y qué se normaliza, y sobre todo, con responsabilidad. En un país marcado por el racismo estructural, los medios tienen la obligación de identificar y detener, de tajo, los contenidos discriminatorios. Esto implica, como mínimo, contar con lineamientos editoriales antirracistas, procesos de formación interna para equipos de producción, protocolos claros de actuación frente a actos de discriminación y decisiones responsables sobre qué se emite y qué no. No basta con “dejar que el público juzgue”: cuando el racismo se transmite, se reproduce y se monetiza, el daño ya está hecho.

Es clave entender que el racismo no es solo una agresión directa, sino un sistema de ideas, imágenes y narrativas que deshumanizan, ponen a unos en una cúspide y a otros en lo más bajo de la pirámide social, y excluyen. Cuando un programa permite comentarios que asocian lo negro con lo oscuro, lo sucio, lo inferior o lo violento, no solo está afectando a la persona que los recibe, sino reforzando imaginarios que impactan la vida cotidiana de millones de personas negras: en el acceso al empleo, a la educación, a la justicia y al trato digno.

Las audiencias, por su parte, tampoco son inocentes, ni pasivas. Ver, compartir, comentar o justificar estos contenidos también es una forma de participación. Desde una perspectiva antirracista, es necesario exigir a las audiencias desarrollen una mirada crítica y corresponsabilidad: cuestionar lo que consumen, señalar públicamente el racismo, exigir explicaciones y cambios a los medios, y dejar de premiar con atención y rating los contenidos que violentan. 

En 2023, el Grupo de Expertos en Derechos Humanos de las Naciones Unidas advirtió sobre el uso excesivo y peyorativo de la palabra “nigger” en X (antes Twitter), y llamó la atención sobre la necesidad de regulación y de adoptar medidas efectivas para combatir expresiones que incitan al odio y vulneran los derechos humanos de las personas afrodescendientes. En ese contexto, el grupo señaló que “las redes sociales desempeñan un papel fundamental a la hora de evitar que se produzcan nuevas fisuras, de modo que la justicia racial y los derechos humanos puedan defenderse para construir sociedades menos racistas, menos divisivas, más tolerantes, justas y equitativas”. Esto, aunque estaba dirigido a quienes dirigen las corporaciones de redes sociales, es también un llamado a quienes hacen uso de ellas y replican o promueven contenidos que pueden profundizar acciones racistas. 

Desde ILEX insistimos en algo clave: nombrar el racismo es un acto de poder. Reconocerlo, denunciarlo y exigir responsabilidades no es exageración ni corrección política; es una forma de defensa de la dignidad, de la igualdad y de los derechos de las personas negras y afrodescendientes. La pedagogía antirracista no sólo interpela a quienes reproducen estas violencias, sino también a los medios, a las audiencias y al Estado. Por esto, también hacemos un llamado a las entidades correspondientes como la Comisión Nacional de Televisión y la Comisión de Regulación de Comunicación a tomar acciones inmediatas que realmente generen transformaciones profundas y concretas, porque mientras el racismo siga siendo rentable, seguirá siendo reproducido. Y mientras no se entienda que es ilegal, seguirá siendo minimizado.

El racismo no es entretenimiento. No es opinión. No es exageración. Es una violación de derechos humanos que los medios no pueden seguir reproduciendo y que las audiencias no pueden seguir consumiendo sin cuestionar. 

  1.  Según las entradas de noticias criminales por delito al Sistema Penal Oral Acusatorio en la Ley 906 de 2004 y Ley 1098 de 2006 desde hechos ocurridos en 2010. ↩︎
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