Las preguntas que quedan con las capturas del Paro
El discurso triunfalista de MinDefensa sobre los operativos de captura durante el paro se enfrentan a una paradoja: las propias cifras, y el estado de los procesos, parecen contradecirse. Muchos capturados han quedado libres por falta de pruebas. Abogados señalan arbitrariedad, procesos mediocres e imputaciones con cargos insostenibles.
El 25 de mayo, Dan Brayer Andrade, de 24 años, fue al centro de Tuluá, parqueó su moto y caminó, junto con su pareja, hacia un cajero donde iba a sacar una plata que le envió su mamá. Ese 25 de mayo, cerca de donde se encontraba Andrade, ocurrió uno de los eventos más complejos de la larga jornada de paro nacional de 2021: hacia las 7 de la noche un grupo de personas no identificadas incendiaron el Palacio de Justicia de Tuluá, al norte del Valle.
Cuando vieron lo que estaba ocurriendo, Andrade y su pareja decidieron devolverse. Camino al parqueadero un grupo de agentes del Esmad los detuvieron, los subieron en una patrulla y los llevaron hasta el Cai Franciscanos. Al cabo de un rato, los agentes liberaron a su pareja –que es menor de edad– y lo subieron a él a una tanqueta.
“Una persona de alto rango saca un arma de fuego, le dice que lo va a desaparecer, que lo van a tirar al río Cauca, que lo van a matar. Estaba con otra persona detenida en ese momento y les preguntan a los dos que a cuál matan primero”, cuenta su abogado Camilo Alarcón.
Hasta ese momento, según su abogado, los agentes no le habían dicho a Andrade por qué estaba detenido. Fue sólo hasta que lo llevaron a las instalaciones de la Sijin de la Policía que le dijeron que estaba acusado del delito de incendio. Al otro día, sin embargo, durante la audiencia de legalización de captura y ante un juez, la Fiscalía le imputó otros cargos mucho más graves: terrorismo, amenazas y obstrucción a vía pública.
Junto con Andrade estaban otros cinco jóvenes que, según su abogado, no se conocen entre sí y que estaban enfrentando los mismos cargos. Los seis fueron enviados a la cárcel San Isidro, en Popayán, terminada la audiencia.
El 27 de mayo, dos días después, el Fiscal General Francisco Barbosa anunció resultados desde “las ruinas del Palacio de Justicia”. Dijo que la Fiscalía y la Policía habían capturado a nueve personas, entre ellas Andrade y otros cinco jóvenes que fueron imputados con él en la misma audiencia. Pero, dos meses después, seis de esos nueve capturados quedaron libres por orden de una juez que, en segunda instancia y tras analizar las pruebas, encontró varios problemas.
“Delincuentes, bandidos, no quedará uno solo en libertad”, escribió en Twitter el Ministro de Defensa, Diego Molano, el pasado 10 de agosto en relación a los que él llama ‘los vándalos de la Primera Línea’.
Sin embargo, sus mismas cifras lo contradicen: de 178 capturas solo 64 (el 36 %) tienen procesos abiertos en la justicia. En el resto –más de la mitad–, como Dan Brayer Andrade están libres por falta de pruebas, algunos aún vinculados a la investigación.
“Eso implica que se captura a todo el mundo, de manera indiscriminada”, dice Norberto Hernández, experto en derecho penal y profesor de derecho de la Universidad Javeriana. “Son estadísticas muy malas, que muestran que no hay efectividad. Están capturando mal a estas personas y no se está abriendo el proceso de fondo”, dice.
El caso de Dan Brayer Andrade y los otros cinco jóvenes de Tuluá sirve para entender por qué. A pesar de que el Ministro Molano en su trino resaltó el caso como uno de los ‘principales resultados’ en la ‘ofensiva contra el terrorismo y vandalismo’ que lanzó el Gobierno tras el Paro Nacional, el fallo de segunda instancia puso en evidencia los vacíos que se están cometiendo a la hora de hacer estas capturas. Los testimonios, y las más cifras de las autoridades, abren preguntas sobre la manera en la que se pretendió judicializar el Paro.
¿Con las manos en la masa?
Durante la audiencia de legalización de la captura, la Fiscalía presentó unos informes y adjuntó declaraciones juramentadas de los policías que participaron en ellas. La Fiscalía argumentó que ocurrieron en flagrancia: que los cogieron con las manos en la masa, justo cuando estaban cometiendo el delito. Sin embargo, para la juez, las pruebas no cuadran.
En el caso de Dan Brayer Andrade, el informe decía que los agentes lo vieron con una botella de gasolina en la mano “cuando estaba a punto de lanzarla contra el CAI de los Franciscanos”, mientras que un patrullero que participó en la captura dijo que la botella “le fue hallada dentro del maletín que cargaba”. Para la juez, esta inconsistencia hace “perder credibilidad de la existencia de la flagrancia”.
“Son dos situaciones sustancialmente distintas”, dice el abogado Alarcón. Además, “extrañamente” –como se lee en el mismo fallo– no se aportó la botella como evidencia, ni siquiera una foto. “Simplemente están los informes que se contradicen entre sí”.
La juez también resaltó que no coinciden las horas de las capturas con los informes que entregó la Policía judicial para justificarlas ni con la misma comisión de los delitos. Otro de los jóvenes, por ejemplo, fue capturado a las 6:35 de la tarde, pero la quema del Palacio de Justicia inició casi una hora después, cuando él ya estaba detenido.
“(…) Aquí debe analizarse cada captura en particular, porque no es predicable como se quiso hacer ver que existía una concertación, cuando de la sola revisión del lugar de la captura de los aquí vinculados fue distante en lugares y tiempo”, se lee en el texto del fallo. “Basta con revisar la hora plasmada por los policiales captores como la hora de aprehensión de Daniel Navarrete para concluir que la quema y destrucción del Palacio de Justicia, ocurrió cuando esta persona estaba ya privada de su libertad”.
“Es así que no fueron informados respecto a los demás delitos, tornándose en arbitraria la captura”
Estas inconsistencias se sumaron a otra que es quizá la más grave en concepto de la juez: la policía capturó a los jóvenes bajo el argumento de que estaban cometiendo el delito de ‘incendio’ pero al otro día, frente al juez, la Fiscalía les imputó entre otros, el delito de terrorismo.
Aunque el fiscal intentó justificar el cambio, argumentando que los policías no son expertos en la materia, para la jueza esto es una violación de la ley porque cuando una persona es capturada en flagrancia le deben decir inmediatamente de qué delito la están señalando. No es algo que se puede cambiar después de pensarlo un poco.
“Es así que no fueron informados respecto a los demás delitos, tornándose en arbitraria la captura”, dice el fallo.
Los problemas con las capturas ‘en flagrancia’ no son exclusivas del caso de Tuluá, según Augusto Ocampo, fundador de la Primera Línea Jurídica, un colectivo de más de 2 mil abogados que se unieron durante el paro para defender, acompañar y asesorar a jóvenes de primeras líneas capturados o detenidos en todo el país.
“Estamos frente a unos montajes judiciales en donde los informes de policía judicial se dice, por ejemplo, que el joven Pedro Pérez fue capturado en el momento de la comisión de los hechos, supongamos que estaba llevando a cabo algún tipo de hurto o destrozo, algún tipo de vandalismo, y resulta que se demostró en la audiencia que el joven no estaba en ese momento en el lugar que dice la policía”, le dijo a Cerosetenta.
Dice, además, que la Primera Línea Jurídica ha encontrado también que muchas de estas capturas se han caído porque los agentes de la Fuerza Pública que las llevan a cabo incurren en hechos de abuso de autoridad y exceso de la fuerza. Y recuerda el caso del joven músico de la Universidad del Valle, Álvaro Herrera, que terminó libre después de salir en un video golpeado y auto-incriminándose por un delito que no se le pudo probar.
El delito de terrorismo, ¿otro patrón?
Otra de las razones por las que la juez de segunda instancia optó por declarar ilegal la captura de Dan Brayan Andrade y de los otros cinco jóvenes y ordenar su libertad inmediata es porque no encontró pruebas suficientes para justificar la imputación del delito de terorismo.
Según el fallo, la Fiscalía argumentó que los jóvenes fueron capturados “perturbando el orden público e incitando a la oposición al procedimiento policial” y solo en dos casos dijeron que los habían capturado después de verlos tirar piedras contra los edificios. Pero, para la juez, de estas conductas no se deriva el delito de terrorismo que implica necesariamente causar terror y que puede tener una pena de hasta 22 años de cárcel.
“Estas afirmaciones generalizadas no permiten de manera clara hacer esa adecuación del hecho al tipo penal que se dice avalaría la captura en flagrancia por esos delitos como es el terrorismo ni las amenazas”, dice textualmente el fallo. Si acaso podría constituir el delito de ‘daño en bien ajeno’, que no implica detención preventiva.
Para el abogado Augusto Ocampo, “están inflando las imputaciones imputando terrorismo. Nosotros lo entendemos en el sentido de que el ‘daño en bien ajeno’ es un delito querellable que no tiene contemplada la posibilidad de medida de aseguramiento. La ‘violencia contra servidor público’ tampoco y las ‘lesiones’, siempre y cuando no pasen determinada incapacidad, también son excarcelables. Luego hemos notado que ha cambiado el discurso en algunos fiscales y entonces pretenden imputar terrorismo para para frenar la libertad. ¡Haganme el favor!”, dice.
Algo similar opina el abogado de Dan Brayer Andrade. “Si la Fiscalía fuera imparcial y buscara realmente responsables debería haber otras investigaciones, debería haber otros detenidos. Pero no, la Fiscalía buscó a quien de pronto imputar de manera más rápida los cargos y darle una respuesta a las exigencias sociales que se veían ese momento del Paro Nacional”.
"La Fiscalía buscó a quien de pronto imputar de manera más rápida los cargos y darle una respuesta a las exigencias sociales"
¿Presiones políticas?
El de Tuluá, de nuevo, no es el único caso. A finales de junio, un juez de Quindío dejó en libertad a siete jovenes de la Primera Línea señalados de cometer actos de vandalismo y de terrorismo en la ciudad de Armenia, y en los municipios de Calarcá y Filandia, entre el 28 de abril y el 16 de junio.
En ese caso, como contó Noticias Uno, el Fiscal General Francisco Barbosa anunció a la opinión pública la imputación por terrorismo un día después de que el juez los hubiera dejado en libertad por falta de pruebas.
Algo similar le pasó al Alcalde de Barranquilla, Jaime Pumarejo, que anunció por sus redes la captura de 11 personas por supuesto vandalismo contra las instalaciones de la Alcaldía el 28 de julio –tres meses después de iniciado el Paro– y que ese mismo día, según su abogado, Christian Monsalve, fueron dejados en libertad. El abogado le contó a Cerosetenta que la Fiscalía en este caso ni siquiera llamó a audiencia de legalización de captura por falta de pruebas contra los capturados, que no eran 11, como dijo el Alcalde, sino seis.
Para el profesor y abogado Norberto Hernández estas declaraciones pueden ser catalogadas como presiones por parte de los funcionarios públicos contra los jueces. Sobre todo en el caso de la Fiscalía. “Lamentablemente no podemos hablar de independencia de la Fiscalía en este momento. Es un secreto a voces. La Fiscalía es el brazo político jurídico del Gobierno y efectivamente hace esta clase de capturas también para generar esa sensación de seguridad que por supuesto todos queremos. Pero efectivamente es una Fiscalía mediocre y creo que siempre lo ha sido”, dice.
Los abogados con los que habló Cerosetenta reconocen que hay algunas capturas en las que hay pruebas contundentes contra los jóvenes capturados en el marco del Paro Nacional. En esos casos, dice Augusto Ocampo, su trabajo se limita a procurar una sanción justa.
Pero lo cierto es que los casos señalados aquí y las cifras presentadas por el Ministro de Defensa demuestran que la Policía y la Fiscalía también están haciendo mal su trabajo, quizá motivados por el afán de mostrar resultados en pleno año electoral o quizá para causar miedo entre los jóvenes que salieron a manifestarse durante el paro. Al menos lo segundo parecen estarlo logrando.
Por ahora, Dan Brayer Andrade y los otros cinco capturados en Tuluá, siguen vinculados a la investigación por los hechos del 25 de mayo. Aunque, ahora, podrán organizar su defensa en libertad.