por
29.04.2025
Santiago Rojas Tulcán, María Alejandra Rojas Méndez y Valeria Cabrera Bernal
Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social - PAIIS
29.04.2025
El proyecto de ley promovido por la senadora Lorena Ríos es un intento legislativo que, en lugar de proteger los derechos fundamentales de los menores, busca restringirlos bajo el falso pretexto de proteger a los niños y niñas.
El Proyecto de Ley 001 de 2024, conocido popularmente como «Con los Niños No Te Metas», propone lineamientos restrictivos en el acceso de menores a tratamientos de afirmación de género, tales como bloqueadores de pubertad, tratamiento hormonal cruzado y cirugía de afirmación de género. En esta legislación hay una peligrosa desconexión entre la realidad científica y jurídica, lo que puede promover un discurso de odio y discriminación contra las personas trans y aquellas con identidades de género no normativas.
Desde la Clínica Jurídica PAIIS de la Universidad de los Andes, realizamos un análisis exhaustivo del Proyecto de Ley, consultando con expertos en salud, derechos humanos y política, así como a un joven trans, con el fin de desmentir las falacias en que se basa esta iniciativa y demostrar la manera en que no garantiza la protección física ni psicológica de las infancias trans.
Daniel Alejandro, un joven trans, compartió su experiencia personal sobre su proceso de transición, describiéndolo como un camino lleno de desafíos, pero también de autodescubrimiento y claridad. A pesar de las dificultades, como el rechazo en su escuela y la violencia institucional que sufrió, Daniel encontró apoyo en su madre, quien aprendió a entender y respetar su identidad. Su testimonio refleja la dura realidad que enfrentan las personas trans en Colombia, donde la discriminación y la violencia institucional siguen siendo barreras persistentes. Frente a proyectos de ley como el de Lorena Ríos, Daniel Alejandro afirmó con firmeza que tales iniciativas son «perjudiciales, abusivas y no toman en cuenta lo mínimo que un ser humano necesita para vivir tranquilo».
Este Proyecto de Ley representa un claro retroceso en la protección de los derechos fundamentales de los menores de edad en Colombia, especialmente respecto a su identidad de género y autonomía progresiva. El proyecto viola flagrantemente derechos fundamentales, como el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la igualdad, la dignidad humana y el interés superior del niño, tal como lo establece la Constitución, pues niega la existencia y la validez de las identidades de género diversas y su posibilidad de existir y desarrollarse con libertad y dignidad, así como el acceso a sus derechos fundamentales como lo es la salud. La Corte Constitucional ha reiterado, en fallos como la T-447 de 2019, que los menores de edad son sujetos plenos de derechos, capaces de tomar decisiones sobre su identidad de género y proyecto de vida.
En el ámbito internacional, esta iniciativa contraviene los compromisos asumidos en materia de derechos humanos, de buena fe, por el Estado colombiano. La Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos que reconocen el derecho de los menores a la identidad de género y exigen que los Estados protejan esta identidad y garanticen su derecho a ser escuchados. En este contexto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su Opinión Consultiva OC 24/17, reafirmó que la identidad de género es una parte fundamental de la personalidad jurídica de las personas. Negar el acceso a procesos de afirmación de género, en la actualidad, implica no reconocer las obligaciones internacionales derivadas, en este caso, del sistema interamericano de derechos humanos, lo que se podría constituir eventualmente una vulneración a los derechos humanos.
Además, la Corte Constitucional ha señalado en múltiples ocasiones que cualquier restricción arbitraria en el acceso a los procesos de afirmación de género constituye una forma de violencia institucional y discriminación estructural. El proyecto de ley, al imponer barreras al reconocimiento de la identidad de los menores trans, perpetúa la discriminación y niega su existencia, desconociendo su autonomía y dignidad.
Desde el campo de la salud, el doctor Gustavo Perdomo, médico cirujano de la Universidad Nacional de Colombia, especialista en Psiquiatría, y miembro fundador Red Colombiana de Profesionales por la Salud Trans, desmantela las afirmaciones erróneas sobre los tratamientos de afirmación de género contenidas en el proyecto. En entrevista con PAIIS, explicó que la identidad de género no es una patología, sino una construcción social legítima. Agrega que el proyecto utiliza conceptos obsoletos, como «disforia de género», que ya no son parte del diagnóstico médico contemporáneo, y establece que argumentos utilizados en el proyecto de ley, como que los tratamientos de afirmación de género son experimentales y peligrosos, son completamente falsos y carecen de sustento científico.
En cuanto a la afirmación de género en la infancia, el doctor Perdomo cuestiona la idea de que los niños no tienen capacidad de decisión. Explica que la resolución 309 de 2025 afirma que la autonomía infantil es progresiva y les permite participar en decisiones de salud que les afectan. Esta resolución incluye lineamientos que buscan que los menores de edad tengan derecho a hacer parte de sus decisiones médicas, mediante un consentimiento accesible e informado. En este sentido, afirma que los menores de edad pueden y deben ser parte activa en la decisión de iniciar un proceso de afirmación de género, del mismo modo en que ocurre en disciplinas como la oncología, donde tienen la posibilidad de optar o no por tratamientos como la quimioterapia.
El doctor Perdomo también critica la propuesta de restringir el uso de recursos públicos para estos tratamientos, argumentando que negar el acceso a la atención médica necesaria para las personas trans es inconstitucional, ya que infringe el derecho fundamental a la salud. También destaca el riesgo de incluir conceptos erróneos sobre la «disforia de género» en el currículo escolar, lo cual perpetúa la desinformación y la estigmatización en lugar de educar con base en la evidencia científica.
La evidencia respalda que los tratamientos de afirmación de género, como los bloqueadores de pubertad y los tratamientos hormonales, son seguros, reversibles y mejoran significativamente la salud mental y el bienestar de las personas trans. Negar a los menores de edad el derecho de decidir sobre su identidad, cuando pueden tomar decisiones sobre otros tratamientos médicos complejos, constituye un acto de discriminación y violencia institucional contra las personas trans.
La clínica jurídica también contactó a Ian Arias, sociólogo con especialización en marketing político, militante de procesos sociales en derechos humanos LGBTQ y, actualmente, asesor político en el Congreso de la República. Ian afirma que el Proyecto de Ley 001 de 2024 se encuentra respaldado por algunos sectores conservadores y religiosos y que parte de la premisa errónea de que la identidad de género diversa es una patología. El proyecto, prohíbe los tratamientos médicos y el apoyo psicosocial para menores trans, y limita el uso de recursos públicos para estos procedimientos. Además, refiere que esta iniciativa legislativa está alineada con tendencias políticas autoritarias que han surgido en otros países, como Estados Unidos y Hungría, donde se han impulsado restricciones similares a los derechos de las personas trans.
De aprobarse, este proyecto restringiría derechos fundamentales, como el acceso a la salud y la educación con enfoque de género, y criminalizaría a los médicos y docentes que brinden apoyo a menores de edad trans. La oposición a la iniciativa ha sido contundente, con sectores de la sociedad civil, la academia y partidos como el Pacto Histórico y el Partido Verde movilizándose para frenarlo. Ian asegura que el proyecto enfrenta obstáculos jurídicos, ya que contradice la legislación vigente en derechos fundamentales y salud, lo que refleja una tendencia peligrosa en la política colombiana: promover agendas restrictivas que afectan los derechos de las personas trans y la diversidad de género en general.
Es necesario que este tema no sea abordado exclusivamente desde una perspectiva jurídica, sino de manera interdisciplinar, incorporando también enfoques médicos, psicológicos y sociales que permitan comprender la complejidad de las realidades de las personas trans.
Las experiencias de las personas trans deben ser el centro de cualquier discusión, ya que son ellas quienes poseen la capacidad de decidir sobre su propio cuerpo, identidad y futuro. No se trata de un debate sobre ideologías ajenas, sino de un reconocimiento fundamental de su autonomía y dignidad como sujetos plenos de derechos. El verdadero desafío radica en entender este asunto desde una perspectiva de derechos humanos, reconociendo que cada persona trans tiene el derecho inalienable de vivir de acuerdo con su identidad y de acceder a la atención y el apoyo que necesita para ello. Al ignorar esta realidad, no solo estamos atacando a un grupo vulnerable, sino negando lo que debería ser lo más básico: el derecho a existir sin miedo, sin prejuicios, y con la libertad de construir un proyecto de vida. Y al final, no podemos evitar preguntarnos: ¿acaso no es nuestra humanidad la que está en juego cuando negamos la posibilidad de que otros vivan su verdad con dignidad?
*Nota: Lo señalado en este artículo sólo compromete la opinión de PAIIS y no la de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes