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Quemados vivos

La policía era custodia de los detenidos y garante de sus derechos por lo que tiene una responsabilidad directa en la muerte de los nueve jóvenes quemados en un calabozo de la estación de Soacha.

por

Libardo José Ariza

Profesor Asociado, Grupo de Prisiones, Universidad de los Andes


15.11.2020

Una mujer desesperada intenta apagar el fuego que empieza a consumir el calabozo en el que se encuentra su hijo, en la Estación de Policía de San Mateo, en Soacha. Un policía que custodia el perímetro, le arrebata la manguera y forcejea con otras personas que intentan ayudar. Los demás uniformados, con sus motocicletas parqueadas, observan con indiferencia el avance del incendio en el que murieron nueve jóvenes y otros 11 resultaron heridos. Los videos que grabaron los mismos familiares de las víctimas lo muestran con claridad: estaban encerrados, hacinados en una celda estrecha. Las autoridades policiales no sólo no apagaron el fuego, sino que impidieron que otras personas lo hicieran. Prefirieron dejar morir a los jóvenes a abrir la reja y dejarlos huir de las llamas. Prefirieron dejarlos morir a dejarlos libres. 

Este nuevo hecho de brutalidad policial se une al homicidio en un CAI de Javier Ordoñez y a las ejecuciones durante la infame noche del 9 de septiembre. Tanto en el caso de Javier Ordoñez como en el de los jóvenes quemados en la Estación de San Mateo, las víctimas estaban bajo custodia policial, es decir, las autoridades policiales tenían un deber intensificado de cuidado y protección de su integridad física y moral que se desvaneció cuando prefirieron mantenerlos encerrados a pesar de estar expuestos a un riesgo inminente para sus vidas. Los uniformados tenían posición de garante respecto de los detenidos en la estación, en virtud de los deberes de protección que se derivan de la relación especial de sujeción; en este sentido, son coautores del delito de homicidio agravado en comisión por omisión. En otras palabras, la policía no sólo mata con balas y golpizas; también mata cuando omite socorrer, cuando impide que otros lo hagan, para dejar morir indolentemente a las personas que supuestamente debe custodiar. 

La perversa priorización del encierro a toda costa, sin importar la violación de los derechos de la población privada de la libertad, ya la hemos observado anteriormente. Con el argumento de que se trataba de una fuga, fueron asesinados 21 internos de la Cárcel Modelo de Bogotá que protestaban por las precarias condiciones de salud frente a la inminente llegada de la pandemia. Hace pocos meses el gobierno restringió al máximo las excarcelaciones a pesar del riesgo de contagio masivo de Covid-19, a través del infame Decreto 546. De hecho, apenas 946 personas se han visto beneficiadas por estas medidas.  desde hace décadas se ha eludido la posibilidad de realizar excarcelaciones a pesar de que al mismo tiempo la Corte Constitucional ha declarado en los últimos veinte años, en tres ocasiones distintas, la existencia de un estado de cosas inconstitucional en el sistema penitenciario. 

Mientras la indiferencia campea, el encierro aumenta y se desplaza de la prisión a otros lugares anónimos y oscuros como la Estación de Policía de Soacha. En todo el país había, en el año 2019, 6,882 personas detenidas en 239 estaciones de policía, con un índice de hacinamiento del 132,12%. En las Unidades de Reacción Inmediata había 689 personas encerradas. En establecimientos municipales hay 2,865 personas. La supervisión de estos espacios es escasa; los organismos de control no cuentan con la capacidad para monitorear lo que allí sucede y lo que cuenta es que permanezcan encerrados.  

Fuente: Corte Constitucional, Auto 545 de 2019. 

Custodiar no significa únicamente vigilar, encerrar y reprimir; un asunto central es también proteger y cuidar a los ciudadanos en conflicto con el derecho. Mientras las fuerzas de seguridad del estado no abandonen esta idea, institucionalizada, de que vale más un preso muerto que dejar salir al detenido, las masacres de personas custodiadas por el estado seguirán siendo narradas como un acto que sólo afecta el prestigio de la institución policial sin ningún cuestionamiento moral. 

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Libardo José Ariza

Profesor Asociado, Grupo de Prisiones, Universidad de los Andes


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