Dentro de pocos meses la Corte Constitucional expedirá la sentencia que dará o no el aval al matrimonio igualitario. Juan Sebastián Jaime, asesor jurídico del Programa para la igualdad y la inclusión social, explica la importancia y los alcances que la decisión tiene para el país.
«¿Cómo se atreven a preguntarnos por qué queremos casarnos?», preguntó Marcela Sánchez – directora de Colombia Diversa – en la audiencia pública que la Corte Constitucional colombiana organizó hace unas semanas para escuchar las voces a favor y en contra del matrimonio igualitario.
“La pregunta no es por qué queremos ser iguales, sino por qué nos siguen discriminando”, continuó Marcela quién además rechazó que algunas entidades del gobierno, como la Procuraduría, sean las encargadas de perpetuar los estereotipos que en los últimos años han obligado a las parejas del mismo sexo a esconderse y a los jueces – que los han “casado” – a defenderse.
Las opiniones fueron desde el punto de vista jurídico, pero también desde el punto de vista emocional. Las parejas del mismo sexo no sólo se vieron representadas por invitados internacionales y organizaciones como Colombia Diversa y Dejusticia, sino que ellos mismos fueron los encargados de recordarle a los magistrados del Alto Tribunal que el amor es suficiente razón para contraer matrimonio. Las opiniones en contra también estuvieron presentes. Académicos, expertos internacionales y funcionarios gubernamentales defendieron la institución de la familia en los términos tradicionales – hombre con mujer – argumentando que en la naturaleza de los seres humanos está la reproducción de la vida: aspecto que para ellos se ve amenazado con la unión de las parejas del mismo sexo. Así lo expresó Robert George, profesor de jurisprudencia de la Universidad de Princeton en Estados Unidos, quien aseguró que «el matrimonio históricamente se ha concebido como una relación conyugal, es la unión entre marido y mujer, es la unión entre un hombre y una mujer que es únicamente apta para la crianza de los hijos y está orientada casi enteramente a la procreación. No todas las familias serán bendecidas con un hijo, pero todos los niños deberán tener una madre y un padre».
Fue así como la audiencia entregó argumentos a los funcionarios de la Corte para tomar una decisión con la que se está en mora. Ahora la comunidad LGBTI y el país está a la espera de una sentencia que puede cambiar la vida de aquellos que lo único que piden es ser iguales al resto de los colombianos y poder ejercer sus derechos con plenitud y no a medias.
La Corte deberá emitir el fallo dentro de los próximos meses y su decisión todavía es incierta.
Cerosetenta habló con Juan Sebastián Jaime, asesor jurídico del Programa para la igualdad y la inclusión social (Paiis), para aclarar los alcances que tuvo la audiencia y los pasos a seguir para la comunidad LGBTI en cuanto a matrimonio igualitario y su próxima lucha: la adopción.
'Este tema lo que tiene es un efecto simbólico muy importante de reconocimiento de la igualdad; de ser ciudadanos con los mismos derechos', Juan Sebastián Jaime
La Corte Constitucional, y no el Congreso, ha tomado las decisiones que conciernen a la comunidad LGBTI, ¿cuáles son las implicaciones de eso?
En estados como el colombiano, no es raro que sea la Corte la que generen estos avances; así a sucedido también en México y en Estados Unidos recientemente. Esto responde a la forma en que funciona y a su composición. Hay pocas personas tomando las decisiones y ello permite avances en ese nivel. No pasa lo mismo en el Congreso por la forma en que está compuesto, las mayorías son más difíciles de alcanzar y las decisiones pasan por tensiones políticas para conformar esas mayorías. Además, a la hora de pasar un proyecto de ley, hay otras cosas que se deben negociar a parte de, por ejemplo, el matrimonio.
¿Pero debería haber un balance entre la Corte y el Congreso en la toma de este tipo de decisiones?
Esto claramente es una tarea del Congreso. El problema es que este tiene una deuda histórica con los colombianos en muchos temas. De ahí que sea indispensable que otro órgano dentro del funcionamiento institucional tome acción y repare las asimetrías que existen. Además, es bien sabido que el Congreso ha sido y es muy presidencialista y mientras el presidente no quiera invertir un capital político en pasar una propuesta como el matrimonio igualitario, ello no va a ocurrir. En este momento por la cabeza del presidente pasan otras cosas: está dedicado a invertir todo el capital político que le queda en el proceso de paz.
Actualmente los derechos de las parejas del mismo sexo están asegurados con la unión marital de hecho, ¿cuál es la diferencia de esta figura con el matrimonio? ¿A parte del valor simbólico, hay algún otro valor agregado en el matrimonio?
La unión marital de hecho nace como una forma de protección a la mujer. En 1995 Germán Rincón Perfetti demandó la unión marital de hecho para que se ampliara a parejas del mismo sexo. Eso sólo se logró hasta el 2007 con la Sentencia C-075/07 y desde ese momento las parejas del mismo sexo tienen estabilidad jurídica. Entre la unión marital de hecho y el matrimonio, en cuanto a la protección de derechos que reciben las personas, las diferencias no son tantas.
Pero este tema lo que tiene es un efecto simbólico muy importante de reconocimiento de la igualdad; de ser ciudadanos con los mismos derechos. En la realidad la gente puede convivir con uniones maritales de hecho y por eso el matrimonio igualitario no era un asunto prioritario en la agenda de los movimientos y organismos dedicados a proteger a la comunidad LGBTI. Con los avances que se lograron entre el 2005 y 2012, ya había una seguridad en términos de derechos patrimoniales, salud y pensión.
¿Y entonces qué hace que el tema entre a ser prioritario en la agenda?
Una pareja de hombres, con todo el derecho para hacerlo, decidió iniciar un proceso para poder casarse; esto generó un impulso y un apoyo importante. Se volvió un tema prioritario que obligó a que organizaciones como Colombia Diversa, Dejusticia, Paiis, entre algunas otras, apoyaran los argumentos. Lo cierto es que en términos de ganancias lo que está en juego es un valor simbólico, pero si la decisión es en contra lo que se puede perder es algo mucho más poderoso: implica que legal y constitucionalmente se admita una segregación y una discriminación que sería mucho más grave que la misma aprobación.
Actualmente hay 40 “matrimonios” de parejas del mismo sexo en Colombia bajo la figura de contrato de unión solemne. ¿Qué validez tienen?
El contrato de unión solemne, como todo, es una ficción jurídica, pero esta figura especialmente es un conejo que se sacaron del sombrero. Fue creado por el círculo de notarios – que como ejercicio institucional admirable se reúnen para estudiar la ley. El problema es que este círculo mantiene opiniones muy conservadoras dentro del derecho. Este contrato, por supuesto con influencias políticas de otros sectores, se lo inventaron los notarios para cumplir con la obligación de la sentencia C577, pero realmente no casa a las personas. Es una figura que no da seguridad ni jurídica ni patrimonial.
Cuando una pareja comienza a convivir, su situación está regulada por la unión marital de hecho y si están casados la regulación es por parte del código civil. Pero el contrato solemne no tiene ningún tipo de regulación. ¿Cómo se llaman las personas que están unidas por un contrato de unión solemne? ¿Solemnizados? ¿Contratados? En ese sentido tampoco queda claro cuáles son los efectos. El hecho de que se haya firmado ese contrato no deja claro si se tiene derecho, por ejemplo, a la pensión de la pareja. Si se separan, ¿qué pasa? No hay nada escrito sobre ese contrato y por tanto no brinda seguridad de ningún tipo. Ese contrato es una mentira.
Esta es una corte que ha actuado de manera muy timorata en tanto no se ha dado la pela de llegar hasta el fondo con las decisiones. Esta Corte es súper aguas tibias, dice que algo es discriminatorio, pero determina que es el Congreso el que debe decretar las medidas
¿En qué medida la audiencia realizada recientemente por la Corte puede aclarar los vacíos que tiene la sentencia C 755?
Esta es una corte que ha actuado de manera muy timorata en tanto no se ha dado la pela de llegar hasta el fondo con las decisiones. Esta Corte es súper aguas tibias, dice que algo es discriminatorio, pero determina que es el Congreso el que debe decretar las medidas. Creo que el Alto Tribunal tiene muy claro lo que hizo y no se si se esperaban que ocurriera la creación de la figura de contrato de unión solemne; lo cierto es que dejaron el lenguaje ambiguo a propósito porque no querían asumir un costo político.
Lo que se dijo en la audiencia no es nuevo, todos los argumentos a favor y en contra ya estaban expuestos. Ese fue un ejercicio de legitimidad y de transparencia. Todo lo que pasó seguramente lo citarán oficialmente en la sentencia y los argumentos serán usados a favor o en contra.
Entonces, ¿qué sigue después de esta audiencia?
Se supone que ya se tiene que discutir en sala plena lo que se va a fallar. La audiencia no es algo determinante, sino que responde a la idea de que estas discusiones tienen que se abiertas y transparentes. Se supone, de acuerdo con el nuevo reglamento de la Corte, que la sentencia debe ser más expedita y sin comunicado previo. Esperamos que eso sea en los próximos meses.
¿Se atrevería a predecir las decisiones de la Corte en esa próxima sentencia?
Diría que no hay ningún motivo para que no salga una decisión que apruebe el matrimonio igualitario. Desde los argumentos jurídicos es un debate que no es difícil: no hay ningún argumento en contra por parte del derecho internacional, de los derechos humanos, ni desde el punto de vista de la constitución para que haya una simetría y desigualdad tan obvia. Creo que los argumentos están jurídicamente dados para que se falle a favor. Sin embargo, está claro que podría pasar cualquier cosa, la Corte podría volver a lavarse las manos como lo hizo en el 2011.
Las parejas del mismo sexo son reconocidas como familia desde hace varios años, ¿qué influencia tiene éste tema en la decisión?
Eso es lo que la decisión sea fácil de tomar. Es absurdo pensar que a pesar de que son familia se les prohíbe que se casen. Tendría que valerse de un argumente jurídicamente muy rebuscado.
¿Aún tiene el Congreso algo por hacer frente al tema?
El Congreso puede volver a presentar otro proyecto sobre esto y discutirlo, pero lo que pase durante este tiempo no afectará el proceso en la Corte. Sin embargo, es claro que el Congreso está a la espera de lo que pase en el Alto Tribunal; hay congresistas que están claramente a favor del matrimonio igualitario como el caso de Angélica Lozano y Armando Benedetti, pero la consideración es: para qué se invierte tiempo y esfuerzo si se espera que esto ocurra en la Corte, donde además es más probable obtener resultados positivos.
Además, es necesario aclarar que si sale la sentencia de la Corte, ésta será otra demostración histórica de que el Congreso es incompetente y no tiene la capacidad de cumplir con esos temas. Hablo de temas en plural porque no se trata sólo del matrimonio igualitario: en cuanto a la eutanasia y el aborto el Congreso hace tiempo debió haber tomado decisiones, pero no lo ha hecho. Hay unas deudas históricas y la Corte sabe que la decisión de exhortar al congreso – como lo hizo con la sentencia C577 – es un saludo a la bandera. El Congreso se ha tomado entre 10 y 15 años para expedir leyes que favorezcan minorías. Eso es una demostración de la falta de legitimidad y de competencia de esta institución.
¿Qué tanto impacto tiene la coyuntura política internacional en la decisión que debe tomar la Corte?
El contexto internacional juega un papel importante. Lo que nos han demostrado sentencias recientes como las de Estados Unidos y la de México es que esto es cuestión de tiempo. Además ponen sobre la mesa que por más conservadora que sea una sociedad, lo cierto es que es injustificable tratar a un grupo poblacional de una manera diferente y no permitirle acceso a un derecho simplemente por su orientación sexual.
¿Y cuál sería el impacto de la decisión de la Corte colombiana en el ámbito internacional?
Le daría mucho bombo a Colombia y creo que en medio de todo el escándalo de corrupción sería un pequeño bálsamo para la institución. Anteriormente la Corte era un faro y un referente para otras cortes de América Latina y el mundo. Ojalá eso juegue a favor aunque no es posible asegurar nada. La decisión que se tome puede significar un halago o un golpe en términos de la legitimidad de la Corte.
Otro de los derechos a medias de la comunidad LGBTI es el de la adopción, ¿la decisión frente a matrimonio igualitario tendrá alguna influencia en esto?
Seguramente sí tendrá un impacto; lo que sigue en la agenda, sin duda, es la adopción. De hecho, hace mucho tiempo que gais, lesbianas y parejas del mismo sexo adoptan, aunque lo hacen jugando con la ley o ubicándose estratégicamente en las solicitudes de adopción. Pero esto de todas formas sigue siendo un criterio de exclusión que pronto debe tener prioridad.
¿Qué tienen por decir las organizaciones como Paiis frente a los argumentos en contra del matrimonio igualitario?
Son argumentos que cada vez tienen menos peso en el debate. El matrimonio es una institución del derecho civil, no estamos hablando del matrimonio religioso. La realidad es que a la luz de la jurisprudencia constitucional y de los derechos humanos a nivel internacional, esa posición ya no es sostenible. Pero sigue teniendo por un respaldo social y cultural que es lo que finalmente le da fuerza en un contexto como el colombiano. Todavía hay mucha gente que cree que nos referimos al matrimonio religioso y eso efectivamente no es lo que se está discutiendo. Esos argumentos tienen es un respaldo cultural y no jurídico.