COVID-19 I Derechos individuales o la supervivencia

En Colombia tendremos una cuarentena obligatoria y muchas de las medidas de los gobiernos con el COVID-19 apuntan a la regulación de la vida de los individuos. Hablar de las restricciones para contener el contagio significa hablar de biopolítica.

por

Zandra Pedraza

Profesora titular Facultad de Ciencias Sociales Universidad de los Andes


25.03.2020

Las cifras del Coronavirus crecen día a día y, con ellas, las medidas que empiezan a tomar los gobiernos del mundo para tratar de aplanar la curva del contagio. Muchas de estas medidas apuntan a la regulación de la vida de los individuos para asegurar la vida y la salud de la población. En Colombia, esta semana, se anunció una de esas medidas: una cuarentena obligatoria que se extenderá por casi 20 días. 

Hablar de las restricciones que ejercen los gobiernos sobre las personas para contener el contagio de un virus como el COVID-19, significa hablar de biopolítica. Este concepto se refiere al poder que tienen los estados, a través sus instituciones, de controlar y gestionar la vida de los ciudadanos. Es conocida la consigna del filósofo francés Michel Foucault: ‘hacer vivir o rechazar la muerte’. Bajo esta perspectiva se pueden entender las medidas que adoptan los Estados para atender la pandemia actual. Y también, los debates sobre si debe primar la preservación de la vida de la población o la economía de las naciones.

El Estado actúa sobre un conjunto de individuos (una población) y toma unas medidas para preservar su vida. Así, la pervivencia del individuo per se deja de ser el objeto de atención, y lo primordial pasa a ser el todos en su conjunto. Eso quiere decir que algunos derechos del individuo se pueden ver limitados, empezando por derechos como el de la movilidad. Un gobierno -que ha aceptado la responsabilidad de velar por la vida de sus ciudadanos- puede y debe restringir esas u otras libertades para cumplir su deber primordial. 

Aunque hoy la expansión de la pandemia en Colombia parece poco amenazante para la población, la biopolítica piensa en términos de riesgo y así restringe derechos en aras de preservar la vida en su sentido biológico.

La razón es que bajo un gobierno biopolítico los conceptos que se enfrentan no son los de comunidad vs. individuos. Se tensionan, en cambio, los de población –porque el Estado no gobierna comunidades, propiamente– y ciudadanía que, en este caso, se gobiernan según los principios biológicos. Esta forma de gobierno implica una lógica distinta y distante de las que gobiernan a una comunidad.

Bajo los principios biológicos de preservación de la vida, el uso de estadísticas, en este caso, el seguimiento de la cantidad de individuos que podrían resultar afectados, el cálculo de los riesgos, e incluso la previsión de la cantidad que podría llegar a morir, adquiere relevancia. Esta racionalidad es propia del gobierno biopolítico y puede ignorar las reglas de la vida en comunidad. En cambio, y pese a que el Estado se debe a los ciudadanos, lo que adquiere relevancia es el sentido de población porque, en principio, éste se debe a ella, a su preservación vital.

La cuestión de reducir los contactos sociales, por ejemplo, desde el punto de vista de un ciudadano en su individualidad, se puede entender también como la pérdida de un derecho, porque desde luego lo es. Pero, una vez más, el primer deber del Estado es con la vida de la ciudadanía como población, y la vida, en esta lógica, se entiende estrictamente en términos biológicos. Esto quiere decir que se justifica reducir o incluso eliminar actividades que caracterizan la ‘calidad de vida’ o la ‘buena vida’, propias de la vida en comunidad como es el contacto social. En una pandemia, estos conceptos pasan a ser secundarios y las instituciones del Estado pueden restringirlas para garantizar el derecho a la vida (estrictamente en términos de salud) de una población. 

Aunque hoy la expansión de la pandemia en Colombia parece poco amenazante para la población, la biopolítica piensa en términos de riesgo y así restringe derechos en aras de preservar la vida en su sentido biológico, no en su sentido filosófico ni comunitario. Simplemente respirar, estar vivos, no enfermarse. 

El Gobierno debe, entre otras cosas, prever un eventual desbordamiento de los servicios de salud porque sabe de antemano que no tiene la capacidad para atender.

Es cierto que antes del COVID-19 los Estados ya ejercían un biopoder. Esta es una característica de los Estados modernos. Si bien no siempre el Gobierno en Colombia ha garantizado el derecho mínimo a la vida en ciertas comunidades, esta situación no se ha declarado como emergencia biopolítica porque no afecta a toda la población desde el punto de vista de la salud pública. Pero la emergencia que se declara por una pandemia, en este caso, más que necesaria u oportuna, es imperativa para un gobierno. Si no la aplica, podría ser acusado de faltar a su primera obligación. 

Aunque en Colombia tengamos un Estado con grandes dificultades para garantizar a todos los ciudadanos el acceso a la salud —y toda vez que la dotación de servicios públicos necesarios para tomar medidas higiénicas es su deber—, éste tiene la obligación de preservar la vida. El hecho de que el servicio se preste bajo condiciones precarias no podría esgrimirse como impedimento para declarar una emergencia. Ambos son derechos de las poblaciones, pero un sistema de salud precario no exime al Estado de sus deberes biopolíticos.

Por eso el Gobierno debe, entre otras cosas, prever un eventual desbordamiento de los servicios de salud porque sabe de antemano que no tiene la capacidad para atender a cientos de miles de habitantes simultáneamente (probablemente ningún gobierno puede hacerlo) y la restricción de derechos individuales en este caso también nos invita a pensar en que si todo el mundo requiriera su derecho a la salud al mismo tiempo, desde un punto de vista práctico, ¿quién atendería a todo el personal de salud que se enferma?

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Zandra Pedraza

Profesora titular Facultad de Ciencias Sociales Universidad de los Andes


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